. . .VISTO
El Expediente Nº 111-D-2012 iniciado por Nota del Presidente de la Comisión de Fomento del Barrio “Valacco”, Alejandro Agustín Leguizamón; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por la misma se solicita la homologación del Estatuto de la Comisión de Fomento del Barrio “Valacco”, tomando como base el que como Anexo I forma parte de la Ordenanza Nº 063/99, en el marco de lo especificado en los Artículos 3º y 13º inciso 2) de la citada norma legislativa;
QUE de esta manera darán un marco legal a su funcionamiento para cualquier situación conflictiva o no que pudiera surgir en un futuro;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – HOMOLOGASE el Estatuto de la Comisión de Fomento de BARRIO “VALACCO”, en el marco del Artículo 13º Inciso 2) de la Ordenanza Nº 063/99 que reglamenta las Comisiones de Fomento en el Distrito de Salto.
ARTICULO 2º – El mismo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintisiete días del mes de Julio del año 2016.-
ENTRADAS
En Sesión Ordinaria de fecha 27 de Julio de 2016. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-
SALIDAS
El Proyecto fue aprobado por la unanimidad del Honorable Cuerpo en General y en Particular.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 02 de Agosto de 2016.-