. . .VISTO

El Expediente Nº 234-D-2014 iniciado por nota y Proyecto de resolución del Bloque de Concejales del Frente Renovador; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo solicitan al Departamento Ejecutivo dejar con un solo sentido de circulación a la calle 1º de Mayo;

QUE la mencionada arteria quedó con un solo sentido de circulación tras un estudio pormenorizado del tema que concluyó con la sanción de la Ordenanza General de Tránsito para el partido de Salto Nº 137/2012;

 

. . .-POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:

 

D E C R E T O

 

ARTICULO 1º – Destínase al ARCHIVO el Expediente Nº 234-D-2014 por los motivos expuestos en el exordio.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los ocho días del mes de Octubre del año dos mil catorce.-

ENTRADAS

 

Ingresado como Correspondencia Fuera del Orden del Día en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Septiembre de 2014 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas-

 

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Octubre de 2014.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de Octubre de 2014.-

 

 

 


Expediente 234-D-2014
Ordenanza 075/2014