. . .VISTO

El Expediente Nº 142-E-2016 iniciado por Mensaje Nº 119/16 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo la Sra. Graciela Ayerdi solicita la imposición del nombre “Ariel Roberto Farini” a una arteria de la Ciudad de Salto;

QUE Ariel Roberto Farini fue un ex – combatiente de la guerra de Malvinas e Islas del Atlántico Sur fallecido el 10 de Septiembre de 2013, tras padecer una cruel enfermedad producto del estrés post – traumático de lo vivido;

QUE Ariel Roberto Farini fue uno de los 1.092 conscriptos embarcados en el Crucero “A.R.A. General Belgrano” con el cargo y la tarea de artillero, hundido, sin ningún tipo de códigos y fuera de la zona de exclusión de las Islas Malvinas, por el submarino inglés “Conqueror”;

QUE al igual que cada uno de los soldados participantes de esa guerra, los que quedaron en suelo malvinense caídos por los proyectiles ingleses como los que hoy ostentan el grado de “Veteranos”, lo movilizaba su amor por la Patria y el cumplimiento del mandato otorgado;

QUE Ariel Roberto Farini, luego de más de 40 horas a la deriva en una pequeña balsa en las frías aguas del Atlántico Sur, es rescatado junto a sus compañeros por el Rompehielos “Bahía Paraíso”;

QUE siempre primó en el,  el orgullo de haber sido un ex – combatiente de la Guerra de Malvinas, de aquel grupo de jóvenes que entregaron todo lo que estuvo a su alcance en una situación tremendamente desigual en lo que se refiere a cuestiones bélicas;

QUE este Cuerpo Deliberativo no puede estar ajeno a la participación de este hijo de Salto en la Guerra de Malvinas, teniendo la obligación de recordarlo, para que su amor y su orgullo por la Bandera siga siendo un ejemplo de las generaciones venideras;

QUE este pequeño homenaje viene a paliar solo una pequeña parte de lo que el pueblo de Salto le debe a Ariel Roberto Farini;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:

 

D E C R E T O

 

ARTICULO 1º – IMPONESE el nombre de “ARIEL ROBERTO FARINI” a la calle ubicada entre el Boulevard “Domingo De Paola” y la calle “Alicia Moreau de Justo” que corre entre las Parcelas 1 y 5 de la CIRCUNSCRIPCION II, SECCION A, MANZANA 5 a y 5 c de la Ciudad de Salto.-

 

ARTICULO 2º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a instalar la correspondiente señalización de la arteria mencionada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 3º – ENTREGUESE copia del presente Decreto a los familiares del excombatiente de la Guerra de Malvinas e Islas del Atlántico Sur ARIEL ROBERTO FARINI.-

 

ARTICULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los doce días del mes de Junio del año dos mil diecinueve.-

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Junio de 2016 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Cultura y Turismo El Expediente fue pasado al Archivo mediante Decreto Nº 026/2016.-

SALIDAS

 

Desarchivado por nota del Bloque de Concejales “Salto Somos Todos”, el Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Junio de 2019.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 19 de Junio de 2019.-

 

 

 

 

 

 

 


Expediente 142-E-2016
Ordenanza 024/2019