. . .VISTO
El Expediente Nº 106-D-2013 iniciado por nota de la Sra. Andrea celeste Calatayud; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por la misma denunciaba que el inmueble que le fuera otorgado en comodato por Ordenanza Nº 002/2001 le habría sido usurpado por la Sra. Andrea Noemí Kesler;
QUE resulta del Expediente que el inmueble en cuestión le fue desadjudicado a la Sra. Calatayud al no cumplir con el requisito de comenzar la construcción de la vivienda, dentro de los 6 meses de sancionada la Ordenanza;
QUE no resulta viable la solicitud de la Sra. Andrea Celeste Calatayud;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º – Destínase al ARCHIVO el expediente Nº 106-D-2013, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los diez días del mes de Julio del año dos mil trece.-
ENTRADAS
Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Abril de 2013 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-
SALIDAS
El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Julio de 2013.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 15 de Julio de 2013.-