. . .VISTO
El Expediente Nº 232-E-2011 iniciado por Mensaje Nº 190/11 del Departamento Ejecutivo; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por el mismo las Empresas Bagley Argentina S.A. y Sociedad Anónima Importadora y Exportadora de la Patagonia, impugnan las liquidaciones de las Tasas de Seguridad e Higiene por haberse tomado incorrectamente el monto de la Base Imponible;
QUE a fojas 21 el Director General de Recaudación e Inteligencia Fiscal, manifiesta que se han llevado a cabo los ajustes en la Tasa de Seguridad e Higiene, accediendo a lo solicitado por las Empresas involucradas;
QUE además pide el Archivo del presente expediente al haber concluido con lo solicitado en el mismo;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º – Destínase al ARCHIVO el Expediente Nº 232-E-2011, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los diez días del mes de Julio del año dos mil trece.-
ENTRADAS
Ingresado Fuera del Orden del Día en Sesión Ordinaria de fecha 09 de Noviembre de 2011 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
SALIDAS
El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Julio de 2013.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 15 de Julio de 2013.-