. . .VISTO
El Expediente Nº 252-E-2013 iniciado por Mensaje Nº 197/13 del Departamento Ejecutivo; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por el mismo se solicita la aprobación de a Cláusula Modificatoria al Convenio de Recaudación a través de Lectura de Código de Barras elevada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires;
QUE las distintas áreas con injerencia en el tema informan favorablemente sobre la aprobación del mismo;
QUE es potestad de este Cuerpo Deliberativo aprobar el mismo en el marco del Artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – APRUEBASE en todos sus términos la CLAUSULA MODIFICATORIA AL CONVENIO DE RECAUDACION A TRAVES DE LECTURA DE CODIGO DE BARRAS suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE SALTO y el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en los términos del texto obrante a fojas 2 del Expediente Nº 4099 – 30.062/13 o 252-E-2013.-
ARTICULO 2º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a suscribir la CLAUSULA MODIFICATORIA AL CONVENIO DE RECAUDACION A TRAVES DE LECTURA DE CODIGO DE BARRAS mencionada en el Artículo 1º de la presente ordenanza.-
ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo deliberante de Salto, a los veintiocho días del mes de Noviembre del año dos mil trece.-
ENTRADAS
Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Noviembre de 2013 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-
SALIDAS
El proyecto de la Comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Noviembre de 2013.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 05 de Diciembre de 2013.-