. . .VISTO

El Expediente Nº 189-D-2006 iniciado por nota de vecinos de la Localidad de la Invencible; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo solicitan la colocación de un arco metálico en el acceso a la Localidad a fin de evitar la circulación de camiones de porte que deterioran el ingreso asfaltado;

QUE el pedido se contradice con la Ordenanza Nº 065/87 que prohíbe la circulación de vehículos de porte en el acceso asfaltado, a excepción de los días en que por razones climáticas no sean transitables los accesos de tierra a la localidad, debiendo este tipo de vehículos indefectiblemente salir e ingresar por el asfaltado;

QUE no hay razones para que el presente expediente continúe en el seno de las Comisiones Permanentes de este Cuerpo;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:

 

D E C R E T O

 

ARTICULO 1º – Deniégase la solicitud presentada por vecinos de la Localidad de la Invencible por la cual solicitan la instalación de un arco metálico en el acceso asfaltado a la misma, por los motivos expuestos en el exordio.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los nueve días del mes de Mayo del año dos mil doce.-

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 27 de Septiembre de 2006 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos, Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

 

El proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 09 de Mayo de 2012.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de Mayo de 2012.-

 


Expediente 189-D-2006
Ordenanza 017/2012