. . .VISTO

El Expediente Nº 132-E-2012 iniciado por Mensaje Nº 093/12 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo se solicita la adhesión a la Ley 26.363, sancionada por el Congreso de la Nación con fecha 9 de Abril de 2008;

QUE adhiriendo a la misma el Municipio queda incluido en el Plan nacional de Seguridad Vial para el año 2012;

Que la mencionada Ley, en su Artículo 38º, invita a los Municipios a adherirse a la misma;

 

POR ELLO;

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º –  Adhiérase  la Municipalidad de Salto a la Ley Nacional 26.363, en el marco del artículo 38º de la referida norma.

 

ARTICULO 2º –  Autorízase al Departamento ejecutivo a suscribir convenios con el Gobierno Nacional y/o la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

 

ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintisiete días del mes de Junio del año dos mil doce.-

ENTRADAS

Ingresado en Sesión ordinaria de fecha 14 de Junio de 2012 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-

 

SALIDAS

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 27 de Junio de 2012.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 02 de Julio de 2012.-

 


Expediente 132-E-2012
Ordenanza 109/2012