. . .VISTO

El Expediente Nº 156-E-2012 iniciado por Mensaje Nº 112/12 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo la agente municipal María Fernanda Monsalvo solicita el reconocimiento de la deuda que el Municipio mantiene con ella cuando originariamente había sido contratada en calidad de Temporaria;

QUE al respecto se han expedido favorablemente las áreas contables del Municipio;

QUE a fs. subsiguientes se hallan adjuntadas las constancias que avalan la solicitud efectuada por la mencionada agente municipal;

QUE el Departamento Ejecutivo ha reconocido la antigüedad de la agente en cuestión; debiendo el Honorable Concejo Deliberante autorizar a registrar la deuda  y posterior pago de horas extras y sueldo anual complementario sumado a lo devengado en concepto de antigüedad, conforme lo normado por el artículo 140º y 141º del Reglamento de Contabilidad;

QUE se hayan cumplimentados los requisitos legales exigidos por la normativa legal  vigente;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a registrar la deuda de PESOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON SETENTA CENTAVOS ($ 1.556,70)  y realizar el pago de lo devengado en concepto de horas extras, sueldo anual complementario y antigüedad de la agente municipal MONSALVO, María Fernanda, D.N.I.: 22.354.949, por haber prestado servicios revistiendo en la categoría de personal temporario durante el período ininterrumpido que va del 1º de Julio de 1995 hasta el 31 de Agosto de 1997, conforme el siguiente detalle:

 

AJUSTE ANTIGUEDAD                          $1.204,74

AJUSTE S.A.C.                                         $   106,90

AJUSTE HORAS                                       $     24,71

APORTES PATRONALES                      $   202,39

APORTES PATRONALES S/S.A.C.     $     17,96

TOTAL:                                                        $1.556,70

 

ARTICULO 2º: La erogación mencionada en el Artículo 1º deberá ser imputada a la Jurisdicción 1110199000 “Servicio de la Deuda”; Empréstito 9999 – Deuda Flotante; Programa 94 “Amortización de la Deuda Flotante”; Inciso 7 – Servicio de la Deuda y disminución de otros pasivos; Partida Principal 6 – Disminución de Cuentas y Documentos a pagar; Partida Parcial 1; Disminución de Cuentas a pagar comerciales a corto plazo; Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal” del Presupuesto en vigencia.-

 

 

 

 

 

 

 

ARTICULO 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a compensar los excesos producidos en partidas de los Presupuestos de Gastos de los años 1995, 1996 y 1997 aplicando para ello las economías realizadas sobre los mismos presupuestos, conforme a la autorización emanada del artículo 1º de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los once días del mes de Julio del año dos mil doce.-

ENTRADAS

Ingresado Fuera del Orden del Día en Sesión Ordinaria de fecha 27 de Junio de 2012 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-

 

SALIDAS

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de Julio de 2012.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 16 de Julio de 2012.-

 

 

 


Expediente 156-E-2012
Ordenanza 121/2012