. . .VISTO
La nota presentada por la Comisión de Fomento de Berdier solicitando autorización para el uso del espacio público, a fin de colocar farolas frente al establecimiento educativo de la Localidad; y
. . .CONSIDERANDO
QUE la Comisión ha hecho frente a los costos para la adquisición de las mencionadas farolas como así también la mano de obra para su instalación;
QUE la obra no ocasiona erogación alguna al municipio;
QUE es potestad de este Cuerpo autorizar el uso del espacio público en el marco de la Ley orgánica de las Municipalidades;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – AUTORIZASE a la Comisión de Fomento de Berdier a la utilización del espacio público frente al establecimiento educativo de la Localidad, para la instalación de CUATRO (4) farolas.
ARTICULO 2º – Los gastos que demande la adquisición de los materiales y la mano de obra para la instalación de las farolas mencionadas en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, correrán por cuenta de la institución peticionante.-
ARTICULO 3º – La ocupación del espacio público subterráneo quedará sometida a la normativa de las Ordenanzas Nº 159/85 y 180/09.-
ARTICULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintidós días del mes de Agosto del año dos mil doce.-
ENTRADAS
Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Agosto de 2012. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-
SALIDAS
El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de Agosto de 2012.-