. . .VISTO

La Ordenanza Nº 050/2011 por la cual se suspendieron las autorizaciones de instalación y funcionamiento de vehículos con parada fija por el término de 180 días hábiles a partir de la promulgación de la misma; y

 

. . .CONSIDERANDO

 

QUE el tiempo expresado en la norma legislativa ha caducado;

QUE es decisión de este Cuerpo Legislativo prorrogar la medida hasta tanto se tome una solución definitiva a la cuestión;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º –  Suspéndanse las autorizaciones de instalación y funcionamiento de Vehículos de venta con parada fija, por el término de 180 días hábiles  a partir de la promulgación de la presente.

 

ARTICULO 2º –  Los vehículos de venta con parada fija ya habilitados, no son alcanzados por la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los doce días del mes de Septiembre del año dos mil doce.-

ENTRADAS

Reingresado en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Septiembre de 2012. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-

 

SALIDAS

El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 18 de Septiembre de   2012.-

 

 

 

 

 


Expediente 070-D-2011
Ordenanza 163/2012