. . .VISTO

El Expediente Nº 273-E-2012 iniciado por Mensaje Nº 225/12; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE la iniciativa promueve la traza de un camino de vinculación entre Rutas Provinciales Nº 32 y Nº 191;

QUE la obra tiene por objeto desviar la circulación de vehículos de transporte y maquinarias agrícolas del tránsito por las calles internas de la Ciudad;

QUE de continuar intensificándose en la forma que se ha producido en la última década a causa del notorio incremento de la actividad económica el flujo de tránsito pesado, la circulación de vehiculos de pequeño porte por la Avda. Virginia Gemme, Avda. Dardo Lafalce, Avda. Italia, Hipólito Yrigoyen, y Antártida Argentina constituiría una cruzada destinada fatalmente al fracaso, y aun más, establecería una barrera divisoria entre la zona este y oeste del poblado propia de una prohibición aduanera de paso y tránsito;

QUE por la naturaleza y traza de la obra, al exceder el marco de la conveniencia e ingresar en el ámbito de la imprescindibilidad, deviene su ejecución de carácter impostergable, mas, por cuanto se afectarían con ella derechos patrimoniales de carácter privado, se impone por imperio legal  y atribuciones conferidas a este Concejo Deliberante, la sanción de la correspondiente norma legislativa;

 

. . .POR ELLO,

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – DECLARASE de pública utilidad y sujeto a expropiación en los términos de la ley que en su correspondencia dicte el Poder Legislativo de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de la traza de la obra de vinculación de las Rutas Provinciales Nº 32 y Nº 191, las Parcelas individualizadas por Nomenclatura Catastral CIRC. V, SECC. RURAL, PARCELAS 366 b, 381 a, 381 d, 384 dd, 384 j, 384 k, 384 m y 384 bb, , todas ellas en las porciones necesarias y que surgen de los planos de proyecto anejados a fojas 52, 83, 91, 74, 58, 64, 46, y 70, respectivamente.-

 

ARTICULO 2º – ACEPTASE en DONACION, de parte de su titular Tomás Monzón, L.E.: 05.906.453, el sector afectado por la obra correspondiente a la Parcela N.C. Circ. V, Secc. Rural, Parcela 367, Plano de Proyecto de fojas 126, en los términos del Convenio de cesión obrante a fojas 120 del Expediente en tratamiento.-

 

ARTICULO 3º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a ceder en forma gratuita a la Autoridad provincial correspondiente la porción afectada por la obra de la Parcela N.C. CIRC. V, SECC. RURAL, PARC. 348 e, conforme Plano obrante a fojas 39 del Expediente en tratamiento.-

 

ARTICULO 4º –  Cumplido que sea el procedimiento ante la Legislatura Provincial, en la oportunidad que corresponda, el Departamento Ejecutivo deberá incorporar la correspondiente Partida presupuestaria, conforme a las tasaciones que en definitiva resulten para cada parcela.-

 

 

ARTICULO 5º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los veintiocho días del mes de Noviembre del año dos mil doce.-

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 14 de Noviembre de 2012 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos, Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Noviembre de 2012.

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 03 de Diciembre de 2012.-

 


Expediente 273-E-2012
Ordenanza 210/2012