EXPEDIENTE Nº 261-E-2010

 

. . .VISTO

El Expediente Nº 261-E-2010 iniciado por Mensaje Nº 208/10 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo eleva para consideración del Cuerpo Deliberativo Proyecto de Cálculo de Recursos y presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2011;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

 

ARTICULO 1º:  Apruébase la Programación de los Recursos y el Presupuesto General de Gastos de la Municipalidad de Salto, correspondiente al Ejercicio 2011,  de conformidad a lo establecido por el Decreto Provincial 2980/00.

 

ARTICULO 2º: Estímase en la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS ($49.787.242,00) el Cálculo de Recursos Corrientes y de Capital destinado a financiar las erogaciones a que se refiere el Artículo 4º.

 

ARTICULO 3º: Apruébase la clasificación institucional de los Recursos Por Rubros, Por Procedencia y por Carácter Económico de los mismos, de acuerdo al detalle incluido en el Anexo I.

 

ARTICULO 4º: Estímase en la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS ($49.787.242,00) el total del Presupuesto de Gastos Corrientes y de Capital y Aplicaciones Financieras del Presupuesto General para el Ejercicio 2011.

 

ARTICULO 5º: Apruébase la clasificación institucional de los Gastos por Categoría Programática, Por Objeto del Gasto, Por Finalidades y Funciones, Por Fuente de Financiamiento y Por la Naturaleza Económica de los mismos, de acuerdo al detalle incluido en el Anexo II.

 

ARTICULO 6º:  Fíjase en Quinientos Setenta y Uno (571) el total del personal incluido en la planta municipal, comprendiendo personal de la Planta Permanente, Planta Temporaria e incluidos en la Carrera Profesional Hospitalaria, distribuidos por Jurisdicción de la forma que se indica a continuación:

 

Departamento Ejecutivo:                        Quinientos Cuarenta y Nueve (549) empleados

 

Departamento Deliberativo:       Veintidós (22) empleados

 

TOTAL ………………………………  Quinientos Setenta y Uno (571) empleados

 

 

ARTICULO 7º: Fíjase un aumento del DIEZ POR CIENTO (10%) calculado sobre el sueldo básico vigente al mes de Diciembre de 2010 para todo el Personal municipal, excepto para el Personal incluido en la Carrera Profesional Hospitalaria, estableciéndose el sueldo básico para la menor categoría del escalafón municipal que cumple el régimen horario de treinta (30) horas semanales, de acuerdo al siguiente detalle:

 

Personal de Servicios $ 1.049,29
Personal Obrero $ 1.100,51
Personal de Enfermería $ 1.147,80
Personal Auxiliar y de Seguridad $ 1.147,80
Personal Administrativo $ 1.147,80
Personal Técnico $ 1.187,21
Personal Profesional $ 1.206,91
Personal Jerárquico $ 1.419,70

 

 

 

ARTICULO 8º: Fíjase a partir del mes de Marzo de 2011 inclusive, un aumento del CINCO POR CIENTO (5%) calculado sobre el sueldo básico vigente al mes de Febrero de 2011 para todo el Personal municipal, excepto para el Personal incluido en la Carrera Profesional Hospitalaria, estableciéndose el sueldo básico para la menor categoría del escalafón municipal que cumple el régimen horario de treinta (30) horas semanales, de acuerdo al siguiente detalle:

 

Personal de Servicios $ 1.101.75
Personal Obrero $ 1.155.53
Personal de Enfermería $ 1.205.19
Personal Auxiliar y de Seguridad $ 1.205.19
Personal Administrativo $ 1.205,19
Personal Técnico $ 1.246,57
Personal Profesional $ 1.267.25
Personal Jerárquico $ 1.490.68

 

 

ARTICULO 9º: Fíjase a partir del mes de Julio de 2011 inclusive, un aumento del DIEZ POR CIENTO (10%) calculado sobre el sueldo básico vigente al mes de junio de 2011 para todo el Personal municipal, excepto para el Personal incluido en la Carrera Profesional Hospitalaria, estableciéndose el sueldo básico para la menor categoría del escalafón municipal que cumple el régimen horario de treinta (30) horas semanales, de acuerdo al siguiente detalle:

 

Personal de Servicios $ 1.211,92
Personal Obrero $ 1.271,08
Personal de Enfermería $ 1.325,71
Personal Auxiliar y de Seguridad $ 1.325,71
Personal Administrativo $ 1.325,71
Personal Técnico $ 1.371,28
Personal Profesional $ 1.393,98
Personal Jerárquico $ 1.639,75

 

 

ARTICULO 10º: Apruébase la apertura de los créditos fijados por el presente proyecto de Ordenanza Municipal, de acuerdo con los anexos que forman parte del mismo, a nivel de partida principal y para cada categoría: Actividad Central, Actividad Específica, Proyectos, Programas y Partidas No Asignables a Programas.

 

ARTICULO 11º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a distribuir los créditos mencionados en el artículo anterior hasta el nivel de desagregación que se estime pertinente, según los niveles presupuestarios vigentes por aplicación del Decreto Provincial Nº 2980/00.

 

ARTICULO 12º: El Departamento Ejecutivo podrá disponer la utilización transitoria de fondos para efectuar compromisos y pago de gastos para proveer momentáneas deficiencias de caja provocadas por la falta de coincidencia de los ingresos con los gastos o por falta o retraso de los ingresos calculados en virtud de lo establecido por los artículos 67 y 68 del Decreto Provincial Nº 2980/00 hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA MIL ($ 690.000,00).

 

ARTICULO 13º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a hacer uso en forma transitoria de recursos del Municipio con afectación específica cuando ello fuese necesario para hacer frente a apremios financieros circunstanciales, sin que ello signifique un cambio de financiación o de destino de estos recursos, debiendo normalizarse su afectación en el transcurso del Ejercicio.

 

ARTICULO 14º: Las Jurisdicciones que excedan los límites fijados por el Departamento Ejecutivo de Crédito Presupuestario para un determinado inciso, podrán compensar tales excesos con ahorros que en el mismo período se registren en la misma Jurisdicción o en otras Jurisdicciones. Verificados los ahorros antes mencionados, el Departamento Ejecutivo previa intervención de la Secretaría de Hacienda, podrá dictar el Acto Administrativo correspondiente.

 

ARTICULO 15º: Delégase al Departamento Ejecutivo lo dispuesto en los Artículos 119º y 120º del Decreto Nº 6.769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

ARTICULO 16º: Fíjase el sueldo básico del Intendente Municipal en un todo de acuerdo con el Artículo 1º de la Ley Provincial Nº 12.120 y sus modificaciones.

 

ARTICULO 17º: Fíjase los sueldos básicos para Secretarios, Directores, Jefes de Área, Jefes de Departamento  y Jefes de División, de acuerdo al siguiente detalle:

 

Secretarios $ 3.394,67
Director de 1º $ 2.593,98
Director de 2º $ 2.316,18
Jefe de Área
$ 2.250,48
Jefe de Departamento de 1º
$ 1.589,15
Jefe de Departamento de 2º $ 1.522,17
Jefe de División de 1º $ 1.482,66
Jefe de División de 2º $ 1.419,70

 

 

 

 

  1. Concejo Deliberante Municipal ORDENANZA Nº 001/2011

(2741) Salto ( Bs. As. )

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EXPEDIENTE Nº 261-E-2010

 

ARTICULO 18º: Fíjase los sueldos básicos a partir del mes de Marzo de 2011 inclusive para Secretarios, Directores, Jefes de Área, Jefes de Departamento  y Jefes de División, de acuerdo al siguiente detalle:

 

Secretarios $ 3.564,40
Director de 1º $ 2.723,68
Director de 2º $ 2.431,99
Jefe de Área
$ 2.363,00
Jefe de Departamento de 1º
$ 1.668,60
Jefe de Departamento de 2º $ 1.598,28
Jefe de División de 1º $ 1.556,79
Jefe de División de 2º $ 1.490,68

 

ARTICULO 19º: Fíjase los sueldos básicos a partir del mes de Julio de 2011 inclusive para Secretarios, Directores, Jefes de Área, Jefes de Departamento  y Jefes de División, de acuerdo al siguiente detalle:

 

Secretarios $ 3.920,84
Director de 1º $ 2.996,04
Director de 2º $ 2.675,19
Jefe de Área
$ 2.599,30
Jefe de Departamento de 1º
$ 1.835,46
Jefe de Departamento de 2º $ 1.758,10
Jefe de División de 1º $ 1.712,47
Jefe de División de 2º $ 1.639,75

 

ARTICULO 20º: Fíjase la compensación por gastos de representación mensual de PESOS UN MIL NOVENTA Y SIETE CON CUARENTA CENTAVOS ($1.097,40) para los Secretarios del Departamento Ejecutivo y PESOS SEISCIENTOS ($600.-) para los siguientes Directores: Director de Producción y Empleo; Director de Contaduría; Director General de Recaudación e Inteligencia Fiscal; Director de Cultura; Director de Turismo; Director de Deportes; Director de Supervisión y Coordinación de Tareas Urbanas y Rurales; Director de Inspección de Servicios Urbanos; Director de Inspección Rural; Director de Asuntos Legales; Director de Planeamiento Urbano; Director de Servicios Sanitarios y Desagües Pluviales y Director Administrativo del Hospital.

 

ARTICULO 21º: Fíjase una Bonificación por Función mensual de PESOS CUATROCIENTOS TRECE  ($413.-) para los Secretarios; de PESOS CIENTO VEINTINUEVE CON 80/100  ($129,80) para el Director de Bromatología, Higiene y Veterinaria; de PESOS TRESCIENTOS VEINTICUATRO CON 50/100  ($324,50) para el Director de Tesorería; de PESOS CUATROCIENTOS TRECE  ($413.-) para el Director  de  Producción  y  Empleo, Director de Cultura, Director de Deportes, Director de Turismo  y  Director de  Parques y Jardines; de PESOS TESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 30/100  (395,30) para el Director de Contaduría, Director de Presupuesto y Director General de Recaudación e Inteligencia Fiscal; de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 22/100  ($447,22) para el Director de Compras; de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS.-

 

EXPEDIENTE Nº 261-E-2010

 

($472.-) para el  Director  de  Asuntos  Legales; de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 24/100 ($434,24) para el Director de Planeamiento Urbano y el Director de Servicios Sanitarios y Desagües Pluviales; de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 40/100 ($448,40) para el Director Administrativo del Hospital Municipal; de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 20/100 ($637,20) para el Director de Inspección de Servicios Urbanos, Director de Inspección Rural y Director de Supervisión y Coordinación de Tareas de Sector Urbano y Rural; de PESOS CIENTO DIECIOCHO ($118.-) para los Responsables Municipales de las Localidades de Berdier, Gahan y La Invencible; de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS ($236.-) para el Delegado de Arroyo Dulce y el Delegado de Inés Indart; y de PESOS CIENTO SETENTA Y SIETE ($177.-) para el Juez de Faltas.”

 

ARTICULO 22º: Fíjase una Bonificación por Título para el personal municipal no incluido en la Ley 11.757, con excepción del Intendente Municipal, de acuerdo al siguiente esquema: DIEZ POR CIENTO (10%) para el título secundario, QUINCE POR CIENTO (15%) para el título terciario y VEINTE POR CIENTO (20%) para el titulo universitario, y CINCO POR CIENTO (5%) para títulos intermedios de los antes especificados, calculada sobre el sueldo básico.

 

ARTICULO 23º: Fíjase el 1% como Bonificación por Antigüedad por cada año de servicio reconocido, calculada sobre el sueldo básico, para  la totalidad del personal incluido o no en el marco de la Ley 11.757, con excepción de los Concejales y del personal incluido en la Ley de la Carrera Profesional Hospitalaria, que se regirá de acuerdo a lo dispuesto en la Norma respectiva.

 

ARTICULO 24º: Fíjase una Bonificación remunerativa no bonificable en la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200,00) para el Personal de Planta Permanente, excepto para el personal incluido en la Carrera Profesional Hospitalaria, Concejales y personal de Planta Política.

 

ARTICULO 25º: Fíjase una Bonificación por Presentismo en la suma de PESOS CINCUENTA ($50.-) para la totalidad del Personal municipal de Planta Permanente, excepto para los Concejales, Planta Política y Personal incluido en la Carrera Profesional Hospitalaria.

 

ARTICULO 26º: Fíjase una Bonificación por Presentismo en la suma en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250,00) para la totalidad del Personal municipal de Planta Temporaria.

 

ARTICULO 27º: Otórguese al Departamento Ejecutivo la facultad de asignar en el porcentaje que estime conveniente una Bonificación por dedicación exclusiva a los funcionarios que según su criterio merezcan dicha retribución, en los porcentajes que van del VEINTE POR CIENTO (20%) al CIEN POR CIENTO (100%) calculado sobre el sueldo básico del agente en cuestión, entendiéndose por “Dedicación Exclusiva” a aquel agente municipal que dedica tareas laborales más allá de la jornada laboral común, con independencia de las características del servicio.

 

ARTICULO 28º: Fíjase los siguientes subsidios a Entes e Instituciones a abonar durante el Ejercicio 2011.-

 

Conducción Superior:

 

Coordinación de Actividades Culturales:

 

Biblioteca Municipal Gral. San Martín $ 173.000,00
Comisión Municipal de la Juventud $   15.000,00
Centro Permanente Hogar Agrícola $   27.000,00
Centro Permanente Hogar Agrícola Padre Osvaldo $ 31.500,00

 

Coordinación de Actividades Deportivas:

 

Biblioteca Municipal Gral. San Martín $ 125.600,00
Comisión Municipal de Ciclismo $     2.400,00

 

Secretaría de Gobierno:

 

Planificación de las Políticas de Gobierno:

 

Sociedad Argentina de P.M. y Biblioteca Popular Dr. Tristán Lobos $     3.600,00
Internado Hogar del Niño $   18.000,00
Biblioteca Renacer $     2.400,00
Club Circulo Amigos de Arroyo Dulce $     2.800,00
Asociación Protectora de Animales de Salto $   20.400,00
Asociación Productores Agropecuarios de Salto $     4.800,00
Bomberos Voluntarios de Arroyo Dulce $     1.800,00
Bomberos Voluntarios de Inés Indart $     1.800,00
Museo Rincón de Historia $     3.600,00
A.Pro.A.H.S. $     4.800,00
Liga Argentina de Lucha Contra el Cáncer $   10.200,00
Jardín Infantes Nº 903 $     1.440,00
Policía Bonaerense $   24.000,00

 

Secretaría de Desarrollo Humano:

 

Coordinación de Políticas Sociales:

 

Taller Protegido Municipal $     3.600,00

 

ARTICULO 29º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo deliberante de Salto, a los seis días del mes de Enero del año dos mil once.-

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Noviembre de 2010 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y hacienda, Presupuesto y Cuentas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fuer aprobado por la mayoría del Honorable Cuerpo por NUEVE (9) votos por la afirmativa (Sres. Concejales Juan Domingo verdini, Daniel Spadone, Miriam Antenucci, Roberto Desimone, Hugo Garavano, Ariel Mendoza, Leticia Iriart, Cecilia López y Adolfo Almada) y CINCO (5) votos por la negativa (Sres. Concejales Mirta Savoia, Edgardo Burgos, Ricardo Larroude, Ángel Daniel Plana y Rodrigo Nider) en Sesión Extraordinaria de fecha 06 de Enero de 2011.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 07 de Enero de 2011.-

 

 

 


Expediente 261-E-2010
Ordenanza 001/2011