. . .VISTO

 

El Decreto 206/2009 del PEN de creación del FONDO FEDERAL SOLIDARIO,  la Ley Provincial 13976, de adhesión y creación del FONDO SOLIDARIO PROVINCIAL y la Ordenanza Municipal  085/2009 de adhesión del Municipio a la Ley 13976, y

 

. . .CONSIDERANDO

Que en la Cuenta 06572-50440/3 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Salto, son depositadas diariamente las remesas correspondientes al Fondo Federal Solidario Provincial;

Que por el artículo 5º del Decreto Nacional 206/09 se dispone  que las Provincias adheridas y los Municipios beneficiarios, deberán establecer mecanismos de control que aseguren la transparencia en la utilización de las remesas y su destino;

Que, de acuerdo al artículo 1º del citado Decreto, los fondos deben destinarse con exclusividad a obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales, y de acuerdo al citado artículo 5º, se debe vigilar el cumplimiento de la prohibición de utilización en gastos corrientes;

Que, concordantemente, el artículo 4º de la Ley Provincial 13976 dispone la facultad de cada Municipio de adoptar los mecanismos adicionales de control que garanticen la adecuada utilización de las remesas que recibe el Municipio.

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º –  Créase la COMISION DE SEGUIMIENTO DE APLICACIÓN DE RECURSOS DEL FONDO SOLIDARIO PROVINCIAL que estará integrada por un representante de cada bloque legislativo del Honorable Concejo Deliberante de Salto.

 

ARTICULO 2º –  Dispónese que los fondos remesados se distribuirán de la siguiente manera:

  1. El 70% (setenta por ciento) para infraestructura educativa,  sanitaria,  hospitalaria, de vivienda y vial en áreas urbanas y rurales.
  2. El 30% (treinta por ciento) para infraestructura educativa, sanitaria, hospitalaria, de vivienda y vial en las distintas localidades del Partido de Salto.

ARTICULO 3º –  La distribución del Monto que resulte por aplicación del Artículo 2º, inciso b) se efectuará entre las distintas localidades del Partido de Salto de acuerdo con los siguientes porcentajes:

Arroyo Dulce            40%

Inés Indart                25%

                                                       ORDENANZA Nº 057/2010                                 

  1. Concejo Deliberante Municipal

(2741) Salto ( Bs. As.)

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EXPEDIENTE Nº 039-D-2010

Gahan                      17%   

Berdier                     10%

La Invencible             8%

ARTICULO 4º –  La COMISION DE SEGUIMIENTO DE APLICACIÓN DE RECURSOS DEL FONDO SOLIDARIO PROVINCIAL deberá confeccionar un informe semestral antes del 15 de julio, y antes del 15 de enero de cada año,  el cual será publicado en la página oficial de la Municipalidad de Salto: www.salto.gov.ar, detallando los montos acreditados en la Cuenta N° 06572-50440/3 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Salto, los importes  utilizados y el detalle de la aplicación  que de los mismos se efectuó.-

ARTICULO 5º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo deliberante de Salto, a los catorce días del mes de Abril del año dos mil diez.-

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado como Correspondencia Fuera del orden del Día en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de Febrero de 2010 y girado a las Comisiones de legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-

 

SALIDAS

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general por la unanimidad del Honorable Cuerpo y en particular fue aprobado por unanimidad el Artículo 1º y por mayoría los Artículos 2º, 3º y 4º por nueve (9) votos por la afirmativa (Bloques Acuerdo Cívico y Social y C.A.S. – Peronismo Disidente) y tres (3) por la negativa (Concejales Adolfo Almada, Ariel Mendoza y Leticia Iriart).

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 19 de Abril de 2009.-

 


Expediente 039-D-2010
Ordenanza 057/2010