…VISTO
El Expediente Nº 092-E-2010 iniciado por Mensaje Nº 073/10 del Departamento Ejecutivo; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por el mismo se pone en conocimiento sobre la presentación efectuada por la firma Basile S.A.I.C. e I. por la que manifiesta al Municipio la intención de invertir en nuestra ciudad mediante la construcción de una Planta para la producción de harina de trigo;
QUE el emprendimiento mencionado precedentemente se encuentra ubicado en la Parcela 527c de la Circunscripción VI;
QUE a tal efecto y para que el mencionado emprendimiento pueda ser llevado adelante, en necesario la modificación de la Ordenanza Nº 196/83 de Zonificación, declarando Zona Industrial la Parcela 527c de la Circunscripción VI;
QUE el Cuerpo Deliberativo sanciona una Ordenanza, siendo el área pertinente del Gobierno de la Provincia quien refrenda definitivamente la norma legislativa;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – Desaféctase de la Sub-Área Q (Quintas) y RE (Residencial Extraurbano) la Parcela 527 c de la Circunscripción VI perteneciente al área complementaria del Núcleo de Salto, de acuerdo a la Ordenanza de Zonificación Nº 196/83
ARTICULO 2º – Aféctase el predio mencionado en el Artículo 1º a la Sub-Área I (Industrial) de la Ordenanza de Zonificación Nº 196/83, rigiendo los indicadores urbanísticos que se establecen en la misma.-
ARTICULO 3º – Se establece para la Sub-Área I (Industrial) los siguientes requerimientos:
- En la Parcela donde se radique el ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL, se fije un retiro mínimo de 5 mts. De los ejes divisorios de cada Parcela que será forestado con especies adecuadas.-
- El ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL deberá garantizar que los movimientos de carga , descarga y estacionamiento, se efectuará dentro del predio.-
- El ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL dotará al predio de los siguientes servicios de infraestructura: agua potable, agua para consumo industrial, energía eléctrica, consolidación de calles internas de circulación, gas y teléfono.-
- Solamente se permitirá la construcción de una vivienda unifamiliar, destinada al encargado del establecimiento fabril.-
- Concejo Deliberante Municipal ORDENANZA Nº 099/2010
(2741) Salto (Bs. As.)
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EXPEDIENTE Nº 092-E-2010
ARTÍCULO 4º – El establecimiento a radicarse en la zona, deberá – en relación a la evacuación y tratamiento de efluentes industriales, encuadrarse dentro de la normativa provincial vigente.-
ARTICULO 5º – En cumplimiento del Artículo 55º del decreto Nº 8912 y su Decreto reglamentario Nº 1549/83, se cederá una calle colectora de VEINTE (20) metros de ancho sobre el lado de la Zona Industrial frentista a la Ruta provincial Nº 31.-
ARTICULO 6º – Forma parte de la presente Ordenanza el nuevo Plano de Zonificación según sus usos.-
ARTICULO 7º – Deróguense las Ordenanzas Nº 028/94 y Nº 031/94, promulgadas el 21 de Febrero de 1994.-
ARTICULO 8º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los 9 días del mes de Junio de dos mil diez.-
ENTRADA: Ingresado en la Sesión Ordinaria de fecha 28 de abril de 2010 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos, Asuntos Rurales y Obras Públicas, y Ecología y Medio Ambiente.-
SALIDA: El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en General y en Particular por MAYORIA.- 9 votos por la afirmativa (Bloque Partido Justicialista, y Concejal Favergiotti del Acuerdo Cívico y Social, y Concejales Verdini, Spadone y Pérez di Paola del Bloque C.A.S.-Peronismo Disidente) y 5 votos por la negativa (Concejales Burgos, Larroude, Plana y Tobelem del Acuerdo Cívico y Social, y Concejal Antenucci del Bloque C.A.S.-Peronismo Disidente) en la Sesión Ordinaria de fecha nueve de junio del año dos mil diez.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 11 de junio de 2010.-