. . .VISTO

El régimen legal de la Carrera Profesional Hospitalaria; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE ninguna persona puede acumular dos o mas empleos públicos, sean estos nacionales, provinciales o municipales (Artículo 1º Ley 8078);

QUE por la Ley 8174 se exceptúa de ese principio general a los profesionales del arte de curar cuando la necesidad de la especialidad y carencia de otro profesional lo hiciere indispensable siempre que no exista incompatibilidad horaria;

QUE los médicos Dres. Chipana, Cerron, Rodriguez y Concceti son médicos de Planta permanente del Hospital Zonal de Pergamino;

QUE los profesionales mencionados ejercen actualmente la Dirección de nuestro Hospital Municipal y la Dirección de Salud;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo deliberante de Salto, en uso de lasd atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN

 

ARTICULO 1º – REQUIERASE al Departamento Ejecutivo, que a través del área correspondiente informe si los médicos en cuestión han hecho correspondiente reserva de cargos para realizar las tareas directivas en el Hospital Municipal “Presidente Juan Domingo Perón”. Asimismo, si en virtud de sus cargos directivos perciben las remuneraciones establecidas, o si los mismos desempeñan sus cargos “ad-honorem”.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintidós días del mes de Septiembre del año dos mil diez.-

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado como Correspondencia Fuera del Orden del Día en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Septiembre de 2010. Fue solicitado y aprobado su tratamiento sobre tablas.-

 

SALIDAS

El proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la mayoría del Honorable Cuerpo, por NUEVE (9) votos por la afirmativa (Bloques C.A.S. – Peronismo Disidente y Acuerdo Cívico y Social) y CINCO (5) por la negativa (Bloque Justicialista).

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 24 de Septiembre de 2010.-


Expediente 232-D-2010
Ordenanza 006/2010