. . . VISTO.
Nota presentada, con fecha 18/ 09/ 2009, por la que los Sres. José Gracia y Marta Ruiz solicitan la apertura de la calle Luis Piedrabuena; y

. . . CONSIDERANDO
QUE los vecinos peticionantes son propietarios de inmuebles linderos al sector cerrado y se ven perjudicados en sus derechos;
QUE los informes de las distintas áreas municipales que intervinieron en el tema son favorables a la apertura de la arteria;
QUE también existe la necesidad de los vecinos de Transitar por dicha arteria, para lo cual se deben llevar a cabo los trabajos de limpieza y relleno del lugar, el que deberá estar supervisado por la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Municipalidad;

. . . POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º. Autorízase al Departamento Ejecutivo a la apertura de la Calle LUIS PIEDRABUENA, en el tiempo y forma que determine la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos Municipal, de acuerdo a la disponibilidad de la maquinaria vial necesaria.-

ARTICULO 2º. Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo deliberante de Salto, a los trece días del mes de Octubre del año dos mil diez.-

ENTRADAS
Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de Febrero de 2010 y girado a las Comisiones de legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

SALIDAS
El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Octubre de 2010.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 18 de Octubre de 2010.-


Expediente 026-E-2010
Ordenanza 176/2010