. . .VISTO
El expediente Nº 014-E-2.009 y el articulo 120 de la Ley Orgánica de la Municipalidades; y
. . .CONSIDERANDO
QUE el mencionado Artículo 120º contempla, mediante Ordenanza Municipal, la posibilidad de utilizar créditos suplementarios derivados de las mayores participaciones de la Provincia o de la Nación comunicadas y no consideradas en el cálculo de Recursos vigentes,
QUE oportunamente la Municipalidad de Salto ha suscripto un Convenio de Asistencia Financiera con el Estado Nacional en virtud del cual éste último se compromete a otorgar al Municipio firmante, en calidad de Aporte No Reintegrable, la suma de Pesos Doscientos Once Mil Doscientos Noventa ($211.290,00),
QUE por medio de la Ordenanza Municipal Nº 01/2009, en concordancia con el Expediente Nº 014-E-2009 ha sido convalidado en todos sus términos el Convenio descripto,
QUE con fecha 23/03/2009 ha ingresado por la Tesorería Municipal la suma de Pesos indicada en el anterior Considerando, correspondiente al aporte referido,
QUE el artículo 31º de la Ley Orgánica de las Municipalidades hace referencia al estricto equilibrio presupuestario, no pudiéndose autorizar gastos sin previa fijación de los recursos para su financiamiento,
QUE a los fines de la expuesto anteriormente, es necesidad del Departamento Ejecutivo readecuar el Cálculo de Recursos y el Presupuesto General de Gastos en vigencia, en pos de concretar los objetivos en él plasmados;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a ampliar el Cálculo de Recursos vigente en la suma de PESOS DOSCIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA($211.290,00), afectando el Rubro de Recursos que a continuación se detalla:
Jurisdicción 1110103000 – Secretaría de Hacienda
Rubro de Recursos:
1720111 – Convenio de Asistencia Financiera 211.290,00
ARTÍCULO 2º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a ampliar el Presupuesto de Gastos vigente en una suma de pesos igual a la indicada en el Artículo 1º, de acuerdo a la siguiente apertura del gasto:
Jurisdicción: 1110101000 – Conducción Superior
Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal
Apertura Programática: 22.01.00 – Coordinación de Tareas del Sector Urbano
Imputación del gasto:
1310 – Retribuciones extraordinarias 111.290,00
Jurisdicción: 1110108000 – Secretaría de Salud, Desarrollo Humano y Prevención de Adicciones
Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal
Apertura Programática: 71.01.00 – Asistencia en el Hospital Municipal
Imputación del gasto:
1310 – Retribuciones extraordinarias 100.000,00
ARTÍCULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los veintitrés días del mes de Abril del año 2009.
ENTRADA
En Sesión Ordinaria de fecha 6 de Abril de 2009, y girado a la comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
SALIDA
En Sesión Ordinaria de fecha 23 de Abril de 2009, el proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.
Se envió copia del mismo tenor al Departamento Ejecutivo con fecha 27 de Abril de 2009.