. . .VISTO

La Ley Provincial Nº 13729/2007;  y

 

. . .CONSIDERANDO:

 

QUE la ordenanza Nº 039/2003 contempla los lineamientos establecidos en la ley Provincial 10342;

Que el artículo 6º de la Ley Provincial 10342 (Año 1985), fue modificado por la Ley 11269, y que éste fue posteriormente modificado por la Ley 12326 (Año 2000)

QUE se encuentra vigente la modificación del artículo 6º con la redacción introducida por la Ley Provincial 13729 en el año 2.007;

QUE el artículo 6º en cuestión establece la afectación de la distribución y los porcentajes de las sumas percibidas en virtud de las adjudicaciones realizadas a favor de terceros, para el cultivo de las franjas adyacentes a las rutas y/ o caminos integrantes de la red provincial.

QUE es preciso adecuar la Ordenanza, en concordancia con lo establecido por Ley.

. . .POR ELLO

                  El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la  siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º: Modificase el artículo 8º de la Ordenanza 039/2003 el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ARTICULO 8º.- Los recursos generados por las adjudicaciones de las franjas adyacentes de las rutas y/ o caminos integrantes de la Red Vial Provincial, ingresarán a una Cuenta Especial habilitada a tal efecto, con afectación a su distribución de la siguiente forma:

  1. Un 60 (sesenta) por ciento para el Consejo Escolar del Partido para la atención de; I.- Infraestructura edilicia, material didáctico y equipamiento escolar de su jurisdicción; II.- Gastos de funcionamiento del Organismo. Del destino de los fondos previsto en el

 

 

presente inciso se rendirá cuenta anualmente al Municipio respectivo.-

  1. Un 20(veinte) por ciento para las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, con Personería Jurídica, de la jurisdicción municipal cedente, o para Entidades de Bien Público cuando no existieren aquellas en el distrito.-
  2. Un 20 (veinte) por ciento para el mantenimiento de la red vial municipal.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los diez días del mes de Septiembre del año dos mil nueve.-

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 27 de Agosto de 2009 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Septiembre de 2009.-

Se envió copia de estilo al Departamento Ejecutivo con fecha 15 de Septiembre de 2009.-

 

 


Expediente 166-D-2009
Ordenanza 117/2009