. . .VISTO

Las inquietudes manifestadas por los vecinos de Barrio trocha de este medio y las conversaciones llevadas a cabo con el Departamento Ejecutivo, en cuanto a problemas de tránsito en dicho Barrio por el itinerario de los camiones que se dirigen a efectuar cargas y descargas a los silos del lugar; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE dicho Barrio se encuentra en consolidación y que como consecuencia los factores de circulación por el uso de vehículos pesados han comenzado a hacerse notar;

QUE se ha verificado la circulación de tránsito pesado por la calle Agustín Magaldi, donde se ubican sucesivamente comedor infantil, Sala de Atención Primaria de la Salud y una plaza del Barrio con juegos infantiles, donde a diario la utilizan niños y familias del barrio con su consiguiente cruce continuo;

QUE la presencia de camiones de gran porte significa un riesgo innecesario en la medida que exista alternativa para que el itinerario, arteria principal de ingreso y egreso al barrio, con destino a establecimientos agropecuarios ubicados en arterias aledañas, tiene opciones para que se haga por otro lado;

QUE la accesibilidad no se encuentra comprometida para el cometido de las cargas al sector, ya que la alternativa existe;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – PROHIBASE  el tránsito de camiones con destino a los silos ubicados en el Barrio trocha, por la calle Castiglioni y Magaldi hasta calles Firpo y Carlos Gardel y calle Gumercindo Roldán hasta calle Firpo.-

 

ARTICULO 2º – El itinerario de ida y vuelta a observar por los camiones indicados será el siguiente: desde Avenida España continuando por David Lanatta, girando en Florencio Molina Campos hasta el acceso ubicado en continuación de San Pablo.-

 

ARTICULO 3º – No quedan comprendidos en esta prohibición los camiones de abastecimiento al Barrio trocha.-

 

ARTICULO 4º – Procédase a la señalización con señales tipo R 3 (4), conforme Anexo I Decreto 779/95 Ley 24449, en el acceso de calle Avenida España y Azcuénaga, Avenida España y salta, David lanatta y Agustín Magaldi, David Lanatta y Carlos Gardel y demás vías que se indican como itinerario autorizado, conforme croquis que se acompaña a la presente como Anexo I.-

 

ARTICULO 5º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los doce días del mes de Noviembre del año dos mil nueve.-

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Octubre 2009 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos, hacienda, presupuesto y Cuentas y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2009.-

Se envió copia de estilo al Departamento Ejecutivo con fecha 17 de Noviembre de 2009.-

 

 

 


Expediente 205-E-2009
Ordenanza 158/2009