. . .VISTO

El Expediente Nº 220-E-2009 iniciado por nota de vecinos de la Localidad de Arroyo Dulce; y

. . .CONSIDERANDO

QUE por la misma solicitan se imponga el nombre de “Dr. Jorge Larrandaburu” al Museo del Campo de esa Localidad;

                        QUE el Dr. Jorge Larrandaburu fue un reconocido médico de esa pequeña población de nuestro Distrito, que dedicó su vida a los pacientes, practicando una callada generosidad a los sectores de escasos recursos;

                        QUE por donde pasó dejó su huella de bonhomía, dejando en su trayecto amigos por doquier;

                        QUE, tal lo expresan el grupo de vecinos solicitantes, el recuerdo del Dr. Larrandaburu, debe reflejarse de por vida en la historia de Arroyo Dulce;

. . .POR ELLO

                        El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:

 

D E C R E T O

ARTICULO 1º – IMPONESE el nombre de “DR. JORGE LARRANDABURU”  al Museo del Campo de la Localidad de Arroyo Dulce.-

ARTICULO 2º – Entréguese copia del presente Decreto a los familiares del Dr. Jorge Larrandaburu.

ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo deliberante de Salto a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil nueve.-

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2009n y girado a las Comisiones de legislación, Interpretación y Acuerdos y Cultura y Turismo.-

SALIDAS

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión ordinaria de fecha 26 de Noviembre de 2009.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 02 de Diciembre de 2009.-


Expediente 220-E-2009
Ordenanza 056/2009