. . .VISTO
El Expediente Nº 220-E-2009 iniciado por nota de vecinos de la Localidad de Arroyo Dulce; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por la misma solicitan se imponga el nombre de “Dr. Jorge Larrandaburu” al Museo del Campo de esa Localidad;
QUE el Dr. Jorge Larrandaburu fue un reconocido médico de esa pequeña población de nuestro Distrito, que dedicó su vida a los pacientes, practicando una callada generosidad a los sectores de escasos recursos;
QUE por donde pasó dejó su huella de bonhomía, dejando en su trayecto amigos por doquier;
QUE, tal lo expresan el grupo de vecinos solicitantes, el recuerdo del Dr. Larrandaburu, debe reflejarse de por vida en la historia de Arroyo Dulce;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º – IMPONESE el nombre de “DR. JORGE LARRANDABURU” al Museo del Campo de la Localidad de Arroyo Dulce.-
ARTICULO 2º – Entréguese copia del presente Decreto a los familiares del Dr. Jorge Larrandaburu.
ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo deliberante de Salto a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil nueve.-
ENTRADAS
Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2009n y girado a las Comisiones de legislación, Interpretación y Acuerdos y Cultura y Turismo.-
SALIDAS
El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión ordinaria de fecha 26 de Noviembre de 2009.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 02 de Diciembre de 2009.-