. . .VISTO.
La nota de la Asociación Protectora de Animales de Salto; y
. . .CONSIDERANDO.
- QUE por la misma solicitan autorización para poner en circulación una serie de Bonos Contribución, a los efectos de sostener dicha Institución;
. . .POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º. Autorízase a la ASOCIACION PROTECTORA DE ANIMALES DE SALTO, a poner en circulación y venta, TRESCIENTOS TREINTA Y TRES (333) BONOS CONTRIBUCION, a un valor de PESOS TRECE ( $ 13.-) por mes durante un período de DOCE (12) MESES.-
ARTICULO 2º. La Entidad solicitante deberá cumplir los requisitos del Artículo 19º de la Ordenanza Nº 014/96: de los Bonos Contribución.-
ARTICULO 3º. La Entidad solicitante deberá rendir Cuentas al finalizar esta Campaña, ante este Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4º. Comuníquese a la Entidad Organizadora la prohibición de sorteo de Premios de ninguna naturaleza, haciéndose pasible de las sanciones previstas en la legislación vigente, en caso de verificarse la violación de tal situación.-
ARTICULO 5º. Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo deliberante de Salto, a los veintinueve días del mes de Diciembre del año dos mil nueve.-
ENTRADAS
Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Noviembre de 2009 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
SALIDAS
El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Extraordinaria de fecha 29 de Diciembre de 2009.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 05 de Enero de 2009.-