. . .VISTO
La nota presentada por la Cámara de Comercio de nuestra ciudad; y
. . .CONSIDERANDO
- QUE el Partido Justicialista y el Frente para la Victoria se hacen eco de los pedidos que tiendan a mejorar el bien común como a reordenar el tránsito vehicular;
- QUE la Provincia de Buenos Aires juntos con otras Pcias. han modificado el horario adelantando el mismo 1 hora, extendiéndose la luz solar mas allá de las 21:00 hs. dilatándose el horario comercial hasta estimadamente las 21:30 hs;
- QUE los vecinos y comerciantes de la calle Buenos Aires proponen modificaciones a la prohibición del estacionamiento de la calle antes nombrada legislado en la Ordenanza Municipal 018/08 solicitando que el horario previsto en el artículo 5 inc. C sea de 22:00 hs. A 02:00 hs. a fin de no afectar la actividad comercial;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – Modifíquese el Art. 5 Inc. C. de la Ordenanza Municipal Nº 018/08 el que quedara redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 5º: Inciso c) La prohibición regirá solamente los días viernes, sábados, domingos, feriados y vísperas de feriados en el horario de 22:00 hs. a 02:00 hs.”
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los veintiséis días del mes de Noviembre del año 2008.
ENTRADAS
En Sesión Ordinaria de fecha 26 DE Noviembre de 2008, fue solicitado su tratamiento Sobre Tablas y aprobado el mismo.
SALIDAS
En Sesión Ordinaria de fecha 26 de Noviembre de 2008, el Proyecto fue aprobado en general y en particular por MAYORIA 9 VOTOS POR LA AFIRMATIVA (Bolque P.J.; F.P.V. y H.A.C.E.R. por BS.AS.) y 5 POR LA NEGATIVA (Bolque A.R.I.-C.C.).-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 01 de Diciembre de 2008