. . .VISTO
La Ordenanza Nº 071/2006 por la cual se facultó al Departamento Ejecutivo a suscribir la escritura traslativa de dominio del inmueble Vivienda Nº 5 Barrio Pro-Casa IV de la Localidad de Inés Indart a favor del Sr. Antonio Alejandro Bohn; y
. . .CONSIDERANDO
QUE a la fecha el Sr. Bohn no ha podido escriturar, por problemas de subdivisión de Parcelas;
QUE la Escribanía General de Gobierno puede llevar adelante la escritura traslativa de dominio, dándole solución al problema existente;
QUE es necesario modificar el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 071/06, por el cual el Sr. Bohn se hacía cargo de los gastos de escrituración;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – MODIFICASE el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 071/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2º – La Escrituración se llevará a cabo por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, declarándose la misma de “Interés Social”.
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
*Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los catorce días del mes de Marzo del año dos mil siete.-
ENTRADAS
En SESION ORDINARIA de fecha 26 de Abril de 2006 y girado a las Comisiones de Leg., Int. y Acdos. y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
SALIDAS
En SESION EXTRAORDINARIA de fecha 14 de Marzo de 2007, dicho proyecto fue fundamentado y aprobado en general y en particular por unanimidad por el Honorable Cuerpo.
Remitimos copia al Departamento Ejecutivo, por nota de estilo de fecha 19 de Marzo de 2007.-