. . .VISTO.
La nota de la Comisión de Fomento del barrio “Polígono” solicitando autorización para la puesta en circulación y venta de bonos contribución; y
. . .CONSIDERANDO.
Que la misma es una Institución sin fines de lucro, cuya finalidad es fomentar las actividades culturales y sociales del barrio;
. . .POR ELLO:
El honorable Concejo deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º. Autorízase a la COMISION DE FOMENTO DE BARRIO “EL POLIGONO” a la emisión y puesta en circulación y venta de MIL (1000) BONOS CONTRIBUCION a un valor de PESOS DIEZ ($ 10.-) cada uno.-
ARTICULO 2º. Al finalizar la campaña la Comisión deberá rendir cuentas ante este H.C.D..
ARTICULO 3º. Comuníquese a la Entidad Organizadora la prohibición de sorteo de Premios de ninguna naturaleza, haciéndose pasible de las sanciones previstas en la legislación vigente, en caso de verificarse la violación de tal situación.-
ARTICULO 4º. Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos ; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto ; cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los nueve días del mes de Mayo del año dos mil siete.-
ENTRADAS
Ingresado como correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 25 de Abril de 2007 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y hacienda, presupuesto y Cuentas.-
SALIDAS
El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 09 de Mayo de 2007.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de Mayo de 2007.-