. . .VISTO.

               Mensaje Nº 049/2007 del Departamento Ejecutivo; elevando nota de la Asociación Protectora de Animales de Salto; y

 

. . .CONSIDERANDO.

  • QUE por la misma solicitan autorización para poner en circulación una serie de Bonos Contribución, a los efectos de sostener dicha Institución;

 

. . .POR ELLO:

                       El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º.  Autorízase a la ASOCIACION PROTECTORA DE ANIMALES DE SALTO, a poner en circulación y venta, DOSCIENTOS CINCUENTA (250) BONOS CONTRIBUCION,  a un valor de PESOS DIEZ ( $ 10.-) cada uno.-

 

ARTICULO 2º.  La Entidad solicitante deberá cumplir los requisitos del Artículo 19º de la Ordenanza Nº 014/96: de los Bonos Contribución.-

 

ARTICULO 3º.  La Entidad solicitante deberá rendir Cuentas al finalizar esta Campaña, ante este Concejo Deliberante.-

 

ARTICULO 4º.  Comuníquese a la Entidad Organizadora la prohibición de sorteo de Premios de ninguna naturaleza, haciéndose pasible de las sanciones previstas en la legislación vigente, en caso de verificarse la violación de tal situación.-

 

ARTICULO 5º.  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los nueve días del mes de Mayo del año dos mil siete.

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 25 de Abril de 2007 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y hacienda, presupuesto y Cuentas.-

 

SALIDAS

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 09 de Mayo de 2007.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de Mayo de 2007.-