. . .VISTO
La nota presentada ante la Secretaría de este Cuerpo por la Jefe de Departamento de Producción y Empleo, Dra. María Fernanda Belingueres, adjuntando Expediente Nº 025-D-2006 por el que se creó un Fondo Solidario para la puesta en marcha de un Banco Solidario; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por la misma solicita la modificación del Artículo 6º de la Ordenanza Nº 092/2006, originada por el mencionado Expediente;
QUE el artículo en cuestión fija un plazo de 180 días para la devolución de los préstamos y especifica que las cuotas serán semanales;
QUE los técnicos del Ministerio de la Producción han propuesto que el plazo máximo de devolución sea de veinticuatro (24) meses y las cuotas puedan ser semanales o mensuales, según la conveniencia del tomador del crédito;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – MODIFÍCASE el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 092/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 6º – El plazo de los préstamos no podrá exceder según su monto, un plazo máximo de veinticuatro (24) meses y la devolución de las cuotas podrán ser semanales o mensuales según el monto otorgado, a conveniencia del tomador y convenido con el Consejo Consultivo y el Departamento Ejecutivo Municipal”.
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de Junio del año dos mil siete.-
ENTRADAS
Reingresado en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Junio de 2007 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.
SALIDAS
El Proyecto de la Comisión, fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 27 de Junio de 2007.
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 02 de Julio de 2007.-