…VISTO.

             El Expediente Nº 212-E-2007, iniciado por Mensaje Nº 125/07 del Departamento Ejecutivo; y

…CONSIDERANDO.

            QUE la firma MACRE CONSTRUCCIONES S.A. solicita autorización para realizar la Obra de extensión de la Red de Gas Natural en Calles Córdoba entre M. y M. Charras y Avda. Italia; M. y M. Charras entre Córdoba y La Pampa y Vda. Italia entre Córdoba y La Pampa;

            QUE la Obra se realizará por la modalidad de Contrato entre Vecinos y Empresa Contratista;

…POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.  Autorízase a la FIRMA MACRE CONSTRUCCIONES S.A. a utilizar el Espacio Público Subterráneo en la Calle Córdoba entre M. y M. Charras y Avda. Italia; M. y M. Charras entre Córdoba y La Pampa y Vda. Italia entre Córdoba y La Pampa,  para realizar la obra de  EXTENSION de la RED DE GAS NATURAL.-

 

ARTICULO 2º.  La FIRMA MACRE CONSTRUCCIONES S.A. deberá presentar, antes del inició de los trabajos, el Cronograma de Obra y Constancia de los Seguros de Responsabilidad Civil  contra Terceros y de Personal a cargo de la Empresa Contratista.-

 

ARTICULO 3º.  Queda bajo la responsabilidad de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A., el Proyecto y supervisión de la Obra hasta la finalización de la misma.-

 

ARTICULO 4º – Los trabajos de corte o empalme de cañerías correspondiente a la DIRECCIÓN MUNICIPAL DE SERVICIOS SANITARIOS, que la empresa se viera obligada a afectar por los trabajos de la extensión de la red de gas natural, deberán contar con el aval del prestador, previa presentación del cronograma de trabajo, viéndose obligada a informar con veinticuatro (24) horas de antelación cualquier cambio en el mismo.-

 

ARTICULO 5º. Serán solidariamente responsables de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a terceros, durante la ejecución de la Obra, la FIRMA MACRE CONSTRUCCIONES S.A. y CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A..-

 

ARTICULO 6º.  La ocupación del Espacio Público Subterráneo quedará sometida  a la normativa de las Ordenanzas Nº 159/85 y 113/87.-

 

ARTICULO 7º.  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-

*Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los doce días del mes de Septiembre del año Dos mil siete.-

 

ENTRADA.

En la SESIÓN ORDINARIA de fecha 12 de Septiembre de 2007. Fue solicitado su tratamiento Sobre Tablas y aprobado por la unanimidad del Cuerpo.

SALIDA.

En la SESIÓN ORDINARIA de fecha 12 de Septiembre de 2007, dicho Proyecto fue fundamentado y aprobado en general y particular por unanimidad por el Honorable Cuerpo.-

Elevamos copia al Departamento Ejecutivo, con nota de  fecha 17 de Septiembre de 2007.-