…VISTO.
La nota presentada por el Director de CE.A.T.D.I. Nº 1 Daniel Trotta; y
…CONSIDERANDO.
QUE por la misma solicitan autorización para poner en circulación una serie de Bonos Contribución, a los efectos de sostener dicha Institución;
QUE la misma es una Institución sin fines de lucro, cuya finalidad es ayudar al prójimo.
QUE el CE.A.T.D.I. Nº 1 de Salto ha cumplido con los requisitos establecidos por las normas vigentes.-
…POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Centro de Atención Temprana del Desarrollo Nº 1 de SALTO, a la emisión, puesta en circulación y Venta de (500) BONOS CONTRIBUCION a un valor de PESOS DIEZ ( $ 10.-) cada uno.
ARTICULO 2º: La Entidad solicitante deberá cumplir los requisitos del Artículo 19º de la Ordenanza Nº 014/96: de los Bonos Contribución.-
ARTICULO 3º: La Entidad solicitante deberá rendir Cuentas al finalizar esta Campaña, ante este Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4º – Hágase saber a la institución organizadora que en todos los casos la circulación y venta de BONOS CONTRIBUCIÓN no autoriza el sorteo de premios de ninguna naturaleza. Verificándose esta situación será pasible de las sanciones previstas en la legislación vigente.-
ARTICULO 5º. Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los doce días del mes de Octubre del año dos mil seis.-
ENTRADAS
En Sesión Ordinaria de fecha 27 de Septiembre de 2006 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y hacienda, Presupuesto y Cuentas.
SALIDAS
El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Octubre de 2006.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 17 de Octubre de 2006.-