. . .VISTO
El Expediente Nº 216-E-2006 iniciado por Mensaje Nº 148/06 del Departamento Ejecutivo; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por el mismo los Sres. Raquel Celestina Eyeralde y Julio Álvarez solicitan escriturar un inmueble de propiedad municipal a favor de su hija Rosa Álvarez;
QUE el inmueble en cuestión fue adquirido al Sr. José Luis Astudillo en el año 1986;
QUE el inmueble fue otorgado en comodato por el ex – Intendente Municipal Juan Pérez Asorey a los Sres. Juan Arnaldo Unsen y Estela Astudillo;
QUE la transacción es nula de toda nulidad dado que los comodatos no se pueden ceder total o parcialmente, ya que los comodatarios solo adquieren un derecho personal de uso;
QUE el informe de la Dirección de Asuntos Legales obrante a fojas 22 del presente expediente expresa que no corresponde hacer lugar a lo solicitado por tratarse de un inmueble municipal otorgado en comodato a personas que no son los presentantes;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º – DENIÉGASE la solicitud presentada por los Sres. Julio Álvarez y Raquel celestina Eyeralde, de escriturar un inmueble de propiedad municipal a nombre de su hija Rosa Raquel Álvarez, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los veintinueve días del mes de Noviembre del año dos mil seis.
ENTRADAS
En Sesión Ordinaria de fecha 15 de Noviembre de 2006 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-
SALIDAS
El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 29 de Noviembre de 2006.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 1º de Diciembre de 2006.-