…VISTO.

               La petición formulada por la Directora de Servicio Sanitarios y Desagües Pluviales, elevando para ser considerado por este H.C.D., sancionando a las Empresas que causen daños a las instalaciones de agua y/o cloacas; y

 

…CONSIDERANDO.

  • QUE la petición ha merecido dictámenes favorables de las distintos organismos municipales;
  • QUE diversas tareas llevada adelante por las Empresas prestatarias de servicios públicos o sus contratistas, causan a menudo daños en las cañerías afectadas a los servicios de agua y cloacas, derivando en serias afectaciones de los mismos;
  • QUE su reparación demanda ingentes esfuerzos y recursos, que deben ser distraídos de otras funciones;
  • QUE los gastos que demande esa tareas deben ser soportadas por quines los causan y mas allá de la legislación general aplicable en la materia, es conveniente disponer de normas Municipales en la materia y fijas las multas a abonar;

.

..POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º. La personas físicas y/o jurídicas que causen daños en las cañerías maestras, de impulsión, de distribución del sistema de agua potable y/o del servicio de cloacas, deberán abonar el costo total de las reparaciones y nueva puesta en funcionamiento de las instalaciones dañadas.-

La reglamentación de la presente Ordenanza, fijara la forma y los plazos del pago.-

 

ARTICULO 2º.  Sin perjuicio de lo previsto en el artículo anterior, los responsables de los daños deberán abonar una multa por cada hecho, según la siguiente escala:-

a)Daños a la Red de Impulsión de Agua y/o red colectora de efluentes cloacales, dos cargos de conexión de 25 mm.-

b)Daños a las demás redes, un cargo de conexión de 25 mm.-

Las multas se duplicaran por cada nuevo daño causado por la misma responsable.-

 

ARTICULO 3º.  La responsabilidad por los daños causados será solidaria entre todos los involucrados en la obra, ya sean prestatarios directos del servicio, terceros contratistas, comitentes, etcétera.- 

 

ARTICULO 4º.  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los siete días del mes de Diciembre del año del dos mil seis.-

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Octubre de 2006 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos, Asuntos Rurales y Obras Públicas y hacienda, Presupuesto y Cuentas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Extraordinaria de fecha 07 de Diciembre de 2006.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 13 de Diciembre de 2006.-