. . .VISTO
La dedicación y aprobación social del ciudadano Dante Marino Rosell, D.N.I.: 27.937.864; Y
. . .considerando
QUE el mencionado ciudadano desde el año 2013 hasta la fecha, dedica parte de su tiempo diariamente a izar y guardar la Bandera Nacional de todos los mástiles de la Localidad de Arroyo Dulce;
QUE dichas Banderas son confeccionadas y repuestas desde su economía personal;
QUE dicho acto no cesa a pesar de las inclemencias climáticas;
QUE es esto una muestra de Patriotismo y una fuente de inspiración para futuras generaciones;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º – DECLARASE “CIUDADANO DISTINGUIDO DE SALTO” al Sr. DANTE MARINO ROSELL, D.N.I.: 27.937.864.-
ARTICULO 2º – OTORGUESE réplica del Escudo del partido de Salto y copia del presente Decreto al Sr. Dante Marino Rosell.-
ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veinticuatro días del mes de Junio del año dos mil veinte.-
ENTRADAS
Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 1º de Marzo de 2018 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Cultura y Turismo.-
SALIDAS
El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Junio de 2020.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 25 de Junio de 2020.-