. . .VISTO

El Expediente Nº 097-E-2020 reingresado por el Departamento Ejecutivo Municipal; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo se aprobó, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de Marzo del corriente año, una Addenda modificatoria al Convenio Marco de Implementación de Acciones en Materia de Seguridad Vial y al Acuerdo Complementario Nº 1, suscripto entre la Municipalidad de Salto y la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por Ordenanza Nº 105/2013, sancionada en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Julio de 2013 y promulgada mediante Decreto Nº 1040/13 del Departamento Ejecutivo;

QUE el presente Expediente vuelve al Cuerpo ya que se solicita la aprobación del Convenio de Cooperación en Materia de Asistencia Técnica, Provisión de Tecnología y Servicios para la Seguridad Vial, a firmar entre la Municipalidad de Salto y CECAITRA (Cámara de Empresas de Control y Administración de Infracciones de Tránsito de la República Argentina), obrante a fojas 2 a 12 del presente Expediente;

QUE el mismo tiene por objeto – de acuerdo al informe del Director de Tránsito y Control Urbano, Daniel Coronel (fs. 15), “Mejorar los canales de comunicación, trabajo y coordinación institucional entre las mismas (Municipio-CECAITRA), para la implementación de acciones en materia de seguridad vial”;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – APRUEBASE en todos sus términos  el CONVENIO DE COOPERACION EN MATERIA DE ASISTENCIA TECNICA, PROVISION DE TECNOLOGIA Y SERVICIOS PARA LA SEGURIDAD VIAL, a suscribir entre la MUNICIPALIDAD DE SALTO y la CAMARA DE EMPRESAS DE CONTROL Y ADMINISTRACION DE INFRACCIONES DE TRANSITO DE LA REPUBLICA ARGENTINA ( CECAITRA), obrante a fojas 2 a 12 del Expediente Nº 4099-35.020/19, o Nº 097-E-2020.-

 

ARTICULO 2º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a firmar el Convenio mencionado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los ocho días del mes de Julio del año dos mil veinte.-

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Junio de 2020 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Julio de 2020.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 13 de Julio de 2020.-