… VISTO

La necesidad de incorporar la perspectiva de género al Estado Municipal y de iniciar un proceso de inclusión y representación local de mujeres en la memoria colectiva de nuestro distrito;

… CONSIDERANDO

QUE es atribución de este cuerpo definir la imposición de nombres de calles, plazas, paseos y demás espacios públicos.

QUE la asignación de nombres a las calles y espacios públicos del distrito, constituye un modo de reconstruir y reafirmar la memoria histórica de la sociedad.

QUE es necesario que la determinación de nombres de estos espacios se realice siguiendo el criterio de equidad de género, iniciando un proceso de inclusión y representación local de muchas mujeres de nuestra historia para reducir desigualdades heredadas.

QUE para tal fin resultaría oportuno propiciar una serie de modificaciones en la Ordenanza 171/2018.

… POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1° – MODIFICASE el Artículo 3° de la Ordenanza Nº 171/2018, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 3°: Sin perjuicio de lo establecido en el artículo precedente, dispóngase que las primeras diez calles, barrios y /o espacios públicos a designarse a partir de la entrada en vigencia de la presente llevaran nombres de mujeres, obras de arte, fechas, gestas o de cualquier otra manifestación que refleje la importancia del género femenino, a excepción de aquellas que sean propuestas por la ciudadanía y se encuadren dentro de los requisitos normados en el anexo de la presente. Asimismo, las denominaciones subsiguientes se irán alternando entre nombres masculinos y femeninos de acuerdo al criterio de equidad de género”

ARTICULO 2° – MODIFICASE el Artículo 4° de la Ordenanza 171/18, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 4°: Dispóngase que el primer nombre a asignar a una calle o espacio público sea el de “8 de marzo”, fecha en la que se conmemora el “Día Internacional de la Mujer Trabajadora”.

ARTICULO 3° – INCORPORASE al Anexo I de la presente Ordenanza, en el capítulo “Disposiciones Generales”  el siguiente inciso:

“Inciso D) Las denominaciones de calles, paseos, plazas, pasajes y parques actualmente vigentes, no podrán ser reemplazados a excepción de aquellas originadas en protagonistas, hechos o fechas que guarden relación con vulneraciones del orden constitucional o delitos de lesa humanidad.”

ARTICULO 4°Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los ocho días del mes de Julio del año dos mil veinte.-

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Junio de 2018 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Cultura y Turismo. Fue solicitado su tratamiento Sobre Tablas.-

 

SALIDAS

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Julio de 2020.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 13 de Julio de 2020.-