. . .VISTO

La nota del Señor Intendente  Municipal, adjuntando Listado de Mayores Contribuyentes inscriptos en el Registro habilitado a tal efecto; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE de acuerdo a la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 94º Inciso 5, una vez remitido el Listado de Mayores Contribuyentes y comprobado el Cuerpo si los mismos reúnen las condiciones establecidas en la misma, este deberá ser aprobado en Sesión citada a tal efecto, debiendo tomar, cada grupo político, tantos Mayores Contribuyentes igual al doble de Concejales que integren dicho grupo político;

QUE se han cumplido con todas las disposiciones previstas en la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – APRUEBASE la nómina de Mayores Contribuyentes elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal, en el marco del Artículo 94º Incisos 1,3 y 5 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, obrante a fojas 1 del Expediente Nº 112-D-2020.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintidós días del mes de Julio del año dos mil veinte.-

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Julio de 2020 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de la Comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Julio de 2020.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 24 de Julio de 2020.-