. . .VISTO
El Expediente Nº 119-E-2020 iniciado por Mensaje Nº 073/20 del Departamento Ejecutivo; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por el mismo se solicita la aprobación del Decreto Nº 1042/2020 librado por el Departamento Ejecutivo ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante;
QUE por la mencionada norma ejecutiva se eximió del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene durante el mes de agosto, a los titulares de los comercios que se encuentran imposibilitados de desarrollar su actividad con motivo del COVID – 19;
QUE es necesario aprobar el mismo para otorgarle el marco legal correspondiente;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – Apruébase en todos sus términos el Decreto Nº 1042/2020, librado por el Departamento Ejecutivo ad-referendum del H.C.D., por el que eximió del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene durante el mes de Agosto, a los titulares de los comercios que se encuentran imposibilitados de desarrollar su actividad con motivo del COVID – 19.-
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintiséis días del mes de Agosto del año dos mil veinte.-
ENTRADAS
Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Agosto de 2020 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
SALIDAS
El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Agosto de 2020.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 2 de Septiembre de 2020.-