. . .VISTO

 

                        El Expediente Nº 170-E-2020 iniciado por Mensaje Nº 090/2020 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

 

                        QUE por el mismo se solicita la aprobación del Contrato de Uso a firmar entre la Municipalidad de Salto y la Asociación Civil Salto Rugby Club y la autorización al Departamento Ejecutivo a rubricar el mismo;

                        QUE se trata de un Contrato de Uso por el cual – tal se especifica – se fijan las pautas para que la Asociación Civil Salto Rugby Club haga uso del predio del Polideportivo Municipal “Luis Lagoa” donde posee el campo de juego;

                        QUE además el uso del Polideportivo queda sujeto al cumplimiento estricto del Protocolo Sanitario para Clubes e Instituciones Deportivas con motivo de la Pandemia Covid-19;

                        QUE además es potestad de este Cuerpo aprobar el mismo, en el marco del Artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

. . .POR ELLO

                        El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – APRUEBASE en todos sus términos el CONTRATO DE USO  a suscribir entre la Municipalidad de Salto y la Asociación Civil Salto Rugby Club, obrante a fojas 17 del Expediente 4099-35.743/2020 o Nº 170-E-2020, para el uso por parte de esta última institución, del predio del Polideportivo Municipal “Luis Lagoa” y el sector – dentro del mismo –  denominado “Casa y Pesca”.-

 

ARTICULO 2º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Asociación Civil Salto Rugby Club, el convenio mencionado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 3º – El pleno cumplimiento del Contrato de Uso mencionado en el Artículo 1º, quedará sujeto a la ejecución irrestricta del Protocolo Sanitario para Clubes e Instituciones Deportivas formalizado por la Dirección de Deportes de la Municipalidad de Salto, obrante a fojas 19 a 22 del Expediente 4099-35.743/2020 o Nº 170-E-2020.-

 

ARTICULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los catorce días del mes de Octubre del año dos mil veinte.-

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Septiembre del año 2020 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Cultura y Turismo.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 14 de Octubre de 2020.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 16 de Octubre de 2020.-