. . .VISTO
La nota presentada por la Secretaria General del Sindicato Único de Trabajadores Municipales de Salto, Sra. Susana Luján Ramírez, con fecha 18 de Noviembre del corriente año; y
. . .CONSIDERANDO.
QUE por la misma solicita autorización para poner en circulación 150 Bonos Contribución, a los efectos de sostener dicha Institución;
. . .POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º. Autorízase al SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES MUNICIPALES, a poner en circulación y venta, CIENTO CINCUENTA (150) BONOS CONTRIBUCION, a un valor de PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-) c/uno, pagaderos en DIEZ (10) CUOTAS iguales y consecutivas de PESOS QUINIENTOS ($500) c/una.-
ARTICULO 2º. La Entidad solicitante deberá cumplir los requisitos del Artículo 19º de la Ordenanza Nº 014/96: de los Bonos Contribución.-
ARTICULO 3º. La Entidad solicitante deberá rendir Cuentas al finalizar esta Campaña, ante este Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4º. Comuníquese a la Entidad Organizadora la prohibición de sorteo de Premios de ninguna naturaleza, haciéndose pasible de las sanciones previstas en la legislación vigente, en caso de verificarse la violación de tal situación.-
ARTICULO 5º. Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veinticinco días del mes de Noviembre del año dos mil veinte.-
ENTRADAS
Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 25 de Noviembre de 2020. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-
SALIDAS
El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 02 de Diciembre de 2020.-