. . .VISTO
El Expediente Nº 120-E-2021 iniciado por Mensaje Nº 066/2021 del Departamento Ejecutivo; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por el mismo se solicita la aprobación del Convenio a celebrar entre la Municipalidad de Salto y la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de articular acciones tendientes a mejorar la infraestructura de los establecimientos educativos de gestión estatal, incluyendo la adquisición y contrataciones de obras, bienes y servicios que resulten esenciales;
QUE es potestad de este Cuerpo aprobar los mismos en el marco del Artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – APRUEBASE en todos sus términos el Convenio Marco a suscribir entre la MUNICIPALIDAD DE SALTO y la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, obrante a fojas 1 a 4 del Expediente Nº 4099-35.593/2020 o 120-E-2021.-
ARTICULO 2º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio mencionado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintiocho días del mes de Julio del año dos mil veintiuno.-
ENTRADAS
Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 14 de Julio de 2021 y girado a las Comisiones de legislación, Interpretación y Acuerdos y Cultura y Turismo.-
SALIDAS
El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Julio de 2021.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 02 de Agosto de 2021.-