. . .VISTO

                        El Expediente Nº 147-E-2021 iniciado por Mensaje Nº 095/2021 del Departamento Ejecutivo y nota del Jardín de Infantes “la Posta del Ángel”; y

 

. . .CONSIDERANDO

                        QUE por la misma  solicita se exima del 5% correspondiente al Fondo Benéfico de Rifas de la rifa que posee en circulación ese establecimiento educativo;

                        QUE se trata de una institución sin fines de lucro donde lo recaudado se vuelca en el establecimiento para una mejor educación de los alumnos que concurren;

                        QUE es potestad de este Cuerpo Deliberativo otorgar eximiciones;

 

. . .POR ELLO

                        El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

D E C R E T O

 

ARTICULO 1º – EXIMESE al JARDIN DE INFANTES “LA POSTA DEL ANGEL” del depósito equivalente al 5% del monto total de la rifa de la institución autorizada por Decreto Nº 1237/21, correspondiente al Fondo Benéfico de Rifas, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 014/96, Artículos 9º y 10º del Decreto-Ley Nº 9403/79 y su modificatoria Ley Nº 11.349.

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los once días del mes de Agosto del año dos mil veintiuno.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Julio de 2021 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-

 

SALIDAS

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de Agosto de 2021.-

Se envió copia de estilo al Departamento Ejecutivo con fecha 17 de Agosto de 2021.-