. . .VISTO
El Expediente Nº 147-E-2021 iniciado por Mensaje Nº 095/2021 del Departamento Ejecutivo y nota del Jardín de Infantes “la Posta del Ángel”; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por la misma solicita se exima del 5% correspondiente al Fondo Benéfico de Rifas de la rifa que posee en circulación ese establecimiento educativo;
QUE se trata de una institución sin fines de lucro donde lo recaudado se vuelca en el establecimiento para una mejor educación de los alumnos que concurren;
QUE es potestad de este Cuerpo Deliberativo otorgar eximiciones;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º – EXIMESE al JARDIN DE INFANTES “LA POSTA DEL ANGEL” del depósito equivalente al 5% del monto total de la rifa de la institución autorizada por Decreto Nº 1237/21, correspondiente al Fondo Benéfico de Rifas, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 014/96, Artículos 9º y 10º del Decreto-Ley Nº 9403/79 y su modificatoria Ley Nº 11.349.
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los once días del mes de Agosto del año dos mil veintiuno.-
ENTRADAS
Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Julio de 2021 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
SALIDAS
El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de Agosto de 2021.-
Se envió copia de estilo al Departamento Ejecutivo con fecha 17 de Agosto de 2021.-