. . .VISTO
El Expediente Nº 004-E-2022 iniciado por Mensaje Nº 009/2022 del Departamento Ejecutivo; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por el mismo se solicita la convalidación del Convenio entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Salto obrante a fs. 2/7 del Expediente Nº 004-E-2022;
QUE el mencionado Convenio tiene como finalidad la asistencia financiera al Municipio de Salto para la ejecución de la obra “Construcción de 27 viviendas en la ciudad de Salto”;
QUE las diferentes áreas del Departamento Ejecutivo Municipal no presentan objeciones;
QUE en el marco del Artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es potestad del Cuerpo Deliberativo aprobar la mencionado Convenio;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – CONVALIDASE en todos sus términos el CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA MUNICIPALIDAD DE SALTO, obrante a fs. 2 a 7 del Expediente Nº 004-E-2022 o Nº 4099-37323/22, de asistencia financiera para la ejecución de la obra “Construcción de 27 (veintisiete) viviendas en la ciudad de Salto – Programa Bonaerense II”.-
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los veinticuatro días del mes de Enero del año dos mil veintidós.-
ENTRADAS
Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de Enero de 2022. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-
SALIDAS
El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 27 de Enero de 2022.-