. . .VISTO

El crecimiento paulatino y exponencial de los asentamientos en el Barrio Valacco de nuestra ciudad; y

. . .CONSIDERANDO

QUE estos asentamientos datan aproximadamente del año 2010;

Que el crecimiento del Barrio,  ha sido en los últimos años exponencial, en lo que se refiere a casas de extrema precariedad, construidas de chapas y lonas, en particular las ubicadas entre el arroyo del burro Muerto y el paredón del frigorífico de La Anónima, la zona del hoy llamado Barrio El Milagro y en general todo el área comprendida desde calle Eva Perón hasta el arroyo mencionado,  y que se encuentran en su mayoría desprovistas de cualquier servicio esencial, tal como el agua potable;

Que las familias que habitan en esos lugares refieren no tener acompañamiento por parte del Municipio de Salto,

Que se evidencia esta ausencia del Estado en las condiciones intransitables y llenas de desperdicios en que se encuentras las calles y los desagües, completamente tapados de pastos, residuos, basura en general e imposibilitados de cumplir la función que le es especifica,

Que además de las obras de infraestructura inexistentes, las familias expresan no  recibir visitas de asistentes sociales, o especialistas en temas relacionados a las problemáticas que acechan nuestra sociedad actual, como lo son la violencia familiar, violencia de género, adicciones, deserción escolar y pobreza

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:

M I N U T A  D E   C O M U N I C A C I Ó N

ARTICULO 1º –   Requiérase del Área de Bienestar Social, al Polo de la Niñez, de la Familia y de la Mediación, y a todos a quienes corresponda, informe acerca de si se han realizado relevamientos y tareas de campo específicas sobre los asentamientos existentes en Barrio Valacco, sobre los que da cuenta los considerandos del presente.

ARTICULO2º –  En su caso informe:

  1. Cantidad de familias que viven en el Barrio Valaco, en especial en las zonas citadas anteriormente.
  2. Situación de las familias en lo concerniente a cantidad de personas que habitan las viviendas, parentesco entre ellas, situación laboral de los adultos y de escolarización de los niños y adolescentes,
  3. Estado de salud de las personas en especial de los adultos mayores, niños, y adolescentes.
  4. Servicios básicos disponibles y los no existentes.
  5. Origen de las familias; es decir, si son de nuestra ciudad o provenientes de otras localidades,
  6. Las acciones realizadas o planificadas respecto a ayudas económicas, sociales, y planes en materia de seguridad.
  7. Si el Municipio de Salto tiene planes para urbanizar y desarrollar infraestructura básica para este sector de nuestra comunidad.-

 

ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los nueve días del mes de Marzo del año dos mil veintidós.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado como Correspondencia Fuera del Orden del Día en Sesión Extraordinaria de fecha 23 de Febrero de 2022 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Salud, Higiene y Asistencia Social.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de la Comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de Marzo de 2022.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de Marzo del 2022.-