. . .VISTO
La nota presentada por la Sra. Carola Barbich, en representación del Grupo que lleva adelante el Proyecto “Tejesueños”; y
. . .CONSIDERANDO.
- QUE por la misma solicita autorización para poner en circulación 200 Bonos Contribución, a los efectos de sostener dicha Institución;
. . .POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º. Autorízase a la Sra. BARBICH, Carola G., D.N.I.: 25.406.656, en representación del Proyecto “TEJESUEÑOS”, a poner en circulación y venta, MIL (1000) BONOS CONTRIBUCION, a un valor de PESOS CIEN ($ 100.-) c/uno..-
ARTICULO 2º. La Entidad solicitante deberá cumplir los requisitos del Artículo 19º de la Ordenanza Nº 014/96: de los Bonos Contribución.-
ARTICULO 3º. La Entidad solicitante deberá rendir Cuentas al finalizar esta Campaña, ante este Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4º. Comuníquese a la Entidad Organizadora la prohibición de sorteo de Premios de ninguna naturaleza, haciéndose pasible de las sanciones previstas en la legislación vigente, en caso de verificarse la violación de tal situación.-
ARTICULO 5º. Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los ocho días del mes de Junio del año dos mil veintidós.-
ENTRADAS
Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Junio de 2022. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-
SALIDAS
El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 10 de Junio de 2022.-