. . .VISTO

El reingreso del Expediente Nº 019-E-1993 mediante Mensaje Nº 087/2022 del Departamento Ejecutivo; y

 

.. .CONSIDERANDO

QUE el mencionado expediente dio origen al Decreto Nº 0169/93 librado por el Departamento Ejecutivo, por el cual se otorgó en comodato al Instituto Mariano Moreno de la Localidad de Inés Indart el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción VII, Sección B, Manzana 24b, Parcela 5c, donde funciona en la actualidad;

QUE a fojas 58 del presente expediente, obra la cláusula adicional modificatoria del Contrato de Comodato, rubricada por el Presidente de la Asociación Cooperadora del establecimiento educativo, Sr. Abel Scarafía y el Sr. Intendente Municipal Dr. Ricardo José Alessandro;

QUE la misma establece que “el comodato tendrá vigencia mientras el Instituto “mariano Moreno” funcione como servicio educativo…”;

QUE a fojas 71 a 74 obra la Resolución del Director General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, Alberto Sileoni por la que el Instituto “Mariano Moreno” – a partir del 1º de mayo de 2022 pasa a conformarse como “unidad pedagógica y organizativa de la  Escuela de Educación Secundaria Nº 8, de tercera categoría, del Distrito de Salto, a partir de matrícula y secciones del Instituto “Mariano Moreno”, Registro DIEGEP Nº 4440, del Distrito Salto;

QUE se debe modificar la ordenanza, al haber cambiado la esencia por la conversión del establecimiento;

QUE además para la prosecución del trámite, la Municipalidad de Salto debe otorgar en donación el inmueble mencionado ut-supra, a la Dirección de Cultura y Educación de la Nación, declarando la escrituración de “Interés social”, la que se realizará ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – DEROGASE la Ordenanza Nº 025/1993.-

 

ARTICULO 2º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a otorgar en donación a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, el inmueble de propiedad municipal ubicado en la Localidad de Inés Indart, identificado catastralmente como CIRCUNSCRIPCION VII, SECCION B, MANZANA 24b, PARCELA 5c, para el funcionamiento de la Escuela de Educación Secundaria Nº 8.-

 

ARTICULO 3º – La escrituración del inmueble mencionado en el Artículo 2º de la presente Ordenanza, se realizará por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, declarándose la misma de “Interés Social”.-

 

ARTICULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los trece días del mes de Julio del año dos mil veintidós.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Reingresado en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Junio de 2022 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Julio de 2022.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 15 de Jul io de 2022.-