. . .VISTO
El Expediente Nº 159-E-2022 iniciado por Mensaje Nº 104/22 del Departamento Ejecutivo; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por el mismo la Sra. Anabel Estefanía Díaz solicita se revierta a su nombre el comodato que oportunamente se le otorgara a su madre Juana Cándida Ciateo, por Ordenanza Nº 011/1997, sobre el inmueble de propiedad municipal identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Manzana 145c, Parcela 5d de la Ciudad de Salto;
QUE a fs. 2 de estas actuaciones la Sra. Juan Ciateo manifiesta la conformidad del cambio de titularidad, haciendo lo mismo los hermanos, a fojas 3, quienes no se oponen al pedido de su hermana;
QUE las áreas municipales que intervinieron en el tema son favorables al pedido de la Sra. Díaz;
QUE este Cuerpo no tiene observaciones que formular al respecto;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º- Modificase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 011/1997, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1º – AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a otorgar en comodato el inmueble identificado catastralmente como: CIRCUNSCRIPCIÓN II – SECCIÓN B – CHACRA 145 – MANZANA 145c, según el siguiente detalle:
PARCELA 5d – DIAZ, Anabel Estefanía D.N.I. 34.433.631
PARCELA 5e – DÍAZ, Walter Leonardo D.N.I. 24.666.908
PARCELA 7e – SAINZ, Marcela Beatriz D.N.I. 20.032.772
MACRI, Cristian Javier D.N.I. 24.159.028
PARCELA 7c – LÓPEZ, Héctor Eduardo D.N.I. 18.647.100
LARES, Sandra Raquel D.N.I. 21.444.674
PARCELA 7b – CARDOZO, Sandra Patricia D.N.I. 24.137.386
HERRERA, Javier Alejandro D.N.I. 22.069.744
PARCELA 7a – AQUINO, Carlos Osmar D.N.I. 18.639.448
LEDEZMA, Dora Liliana D.N.I. 20.881.957
PARCELA 6c – CASCO, María Alejandra D.N.I. 23.588.749
BARTOLINO, Martín Miguel D.N.I. 23.366.258
PARCELA 6b – FERCHER, Rubén Alberto D.N.I. 16.350.347
VENAZZI, María Genoveva
ARTÍCULO 2º – Los beneficiarios destinarán dichos inmuebles a vivienda única y de ocupación permanente y en resguardo de su grupo familiar, quedándoles prohibido todo tipo de cesión parcial o total del bien.-
ARTÍCULO 3º – Los beneficiarios deberán comenzar la construcción las viviendas dentro de los seis meses de otorgado el comodato, procediendo a habitarlas dentro del plazo máximo de un año a partir de la sanción de la presente.-
ARTÍCULO 4º – El incumplimiento de lo establecido en los Artículos 2º y 3º implicará la nulidad absoluta de la cesión y la caducidad de pleno derecho del préstamo, con restitución del inmueble a la Municipalidad y sin derecho a recompensa de ninguna naturaleza y con las mejoras introducidas en beneficio de la Municipalidad.-
ARTÍCULO 5º – El Departamento Ejecutivo a través del área correspondiente deberá completar los datos identificatorios de los beneficiarios al momento de la celebración de los respectivos contratos, elevando copia de los mismos a este Honorable Concejo Deliberante a efectos de cotejar su cumplimiento.-“
ARTICULO6º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a firmar un nuevo Contrato de Comodato con la Srta. Anabel Estefanía Díaz, D.N.I.: 34.433.631.-
ARTÍCULO 7º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintisiete dias del mes de Julio del año dos mil veintidos.-
ENTRADAS
Ingresado en Sesion Ordinaria de fecha 13 de Julio de 2022 y girado a la Comision de Legislacion, Interpretacion y Acuerdos.-
SALIDAS
El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesion Ordinaria de fecha 27 de Julio de 2022.-
Se envio copia al Departamento Ejecutivo con fecha 1° de Agosto de 2022.-