. . .VISTO,

Que en la costa del río Salto, en aquellos lugares donde existe barranca, persiste el peligro de que ocurran accidentes, ya sea que involucre a peatones, como a vehículos; y

. . .CONSIDERANDO,

QUE como ocurre todos los años, la costanera del río Salto, recibe a diario la visita de muchas personas, ya sean de nuestra ciudad y localidades, como de otros lugares, en carácter de turistas;

QUE como es posible observar, en el lugar no se encuentran las señalizaciones adecuadas que adviertan la peligrosidad de aproximarse a las barrancas, ya sea en forma personal o con vehículos,

QUE se debe procurar que las personas sepan cuáles son las áreas indicadas para esparcimiento, recreación y pesca;

QUE tanto la cartelería con las advertencias adecuadas, como la colocación de medidas de seguridad que actúen de prevención de accidentes ante posibles desprendimientos de tierra, originados por la acción climática y de paso del tiempo, son indispensable para proteger a quienes disfrutan de dicho espacio público;

QUE ante cualquier hecho desafortunado en el área del balneario como de la costanera, la única responsable legalmente es la Municipalidad de Salto;

QUE como antecedente tenemos varios sucesos ocurridos que involucró personas, vehículos e inclusive a menores de edad;

QUE con fecha 23 de Marzo 2022 se aprobó por unanimidad el Proyecto de Resolución Nº 001/2022 y que fuera elevado al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de Marzo del mismo año;

. . .POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

M I N U T A  D E  C O M U N I C A C I O N

 

ARTÍCULO 1° Este Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda cumplimente con la Resolución Nº 001/2022, y/ o explique las razones por las que no se toman MEDIDAS DE SEGURIDAD SOBRE LA COSTA DEL RÍO SALTO, en el sentido de lo resuelto por este Cuerpo en la Resolucion anteriormente mencionada y aprobada por unanimidad de los concejales el 23 de marzo de 2022.

VISTO,

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil veintidós. –

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 09 de Noviembre de 2022 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Obras Públicas. –

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 23 de noviembre de 2022.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de noviembre de 2022.-