. . .VISTO

La solicitud del Sr. Ariel Horacio Zapata, solicitando un Estacionamiento Reservado frente al domicilio comercial, sito en calle 25 de Mayo N° 543, y ;

 

. . .CONSIDERANDO

QUE el informe del director de Tránsito y Control Urbano manifiesta a fojas 4, que considera viable el pedido, en virtud de la asistencia al comercio peticionante de personas con movilidad reducida.

QUE para ello es necesario modificar la Ordenanza General de Tránsito para la Ciudad de Salto Nº 137/2012 y sus modificatorias;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – MODIFICASE EL Artículo 11º de la Ordenanza General de Tránsito Nº 137/2012 y sus modificatorias, incorporando el Inciso ñ), en “Estacionamientos Reservados”, quedando redactado de la siguiente manera:

 

ESTACIONAMIENTOS RESERVADOS

 

ARTICULO 11º

 

  1. a) Las entidades financieras para vehículos de transporte de caudales y los establecimientos Sanitarios para ambulancia, podrán solicitar espacios reservados para estacionamiento, a condición que carezcan de cochera interna. El espacio asignado deberá limitarse al que requiera el estacionamiento de un solo vehículo.
  2. b) El espacio que ocupa el edificio municipal sobre calle Buenos Aires, se establece como espacio exclusivo reservado a usos municipales y funcionarios únicamente en el horario de funcionamiento del mismo, mas tres espacios sobre calle Alvear entre Buenos Aires y cochera del Banco de la Provincia de Buenos Aires y un espacio exclusivo para uso del Sr. Intendente Municipal entre Cochera del Banco de la Provincia de Buenos Aires y el espacio reservado para Bomberos Voluntarios.
  3. c) A la repartición Policial se le asignara para uso exclusivo de los móviles afectados al servicio y no para los vehículos particulares del personal que desempeña funciones en la Comisaría local, dos (2) espacios para móviles sobre calle Alvear y cuatro (4) espacios sobre calle 25 de Mayo cordón sur del sentido oeste-este, entre las arterias Alvear y 9 de Julio y al Cuerpo de Bomberos para los móviles afectados a su servicio, se les asignarán tres espacios, frente al Cuerpo. –
  4. d) Las agencias de remisses, debidamente habilitadas, podrán solicitar un espacio de estacionamiento exclusivo al frente de su oficina, de dimensiones para un solo automotor.

En estos casos abonarán un canon mensual por el uso de la vía pública conforme lo que determina la Ordenanza Fiscal vigente.

Los establecimientos de salud y bancos, en ambos casos siempre que se trate de entidades nacionales, provinciales o municipales, quedan excluidos de la obligación de pago del canon.

  1. e) Al Consejo Municipal para la integración de las Personas con Discapacidad se le asignará un espacio de estacionamiento exclusivo en calle Bernardino Esperanza entre calles Lavalle y San Martín, frente a la sede del Organismo Municipal, únicamente los días martes y jueves de 8 a 12 hs.
  2. f) Al Internado Hogar del Niño se le asignará un espacio de estacionamiento exclusivo en calle Buenos Aires, vereda norte, frente a la sede de la institución.
  3. g) La escuela de Música y Banda Municipal “Francisco de Cicco” tendrá asignado un espacio exclusivo reservado frente a la sede de la Institución sobre Avenida Bartolomé Mitre, de lunes a viernes en el horario de 8 a 22 hs. y de 8,00 a 15,00 hs. los días sábados (Ord. 214/2022).
  4. h) Las personas físicas que acrediten movilidad reducida por discapacidad, mediante la presentación del Certificado Único de Discapacidad (CUD) o del documento oficial que lo reemplace en el futuro (Ord. 216/2022), acompañado con acreditación de domicilio particular y según normas concordantes con lo estatuido por el Código de Transito de la Provincia de Buenos Aires. Será requisito para la aprobación de la Ordenanza específica que autorice estacionamiento reservado, la existencia de un dictamen emitido por la Dirección de Tránsito y Control Urbano o del área que la reemplace en el futuro. (Ord. 216/2022)

El término de la vigencia de la reserva del estacionamiento deberá ser coincidente con la fecha de vencimiento del CUD, hecho que quedará taxativamente especificado en la Ordenanza específica que autorice la petición oportunamente formulada (Ord. 216/2022).

Los cambios de domicilio o cualquier otra alteración permanente en las condiciones de la reserva, deben ser comunicadas por su titular a la Dirección de Tránsito y Control Urbano dentro de los QUINCE (15) días hábiles acaecidos, a fin que se acredite la caducidad o la continuidad del permiso otorgado. La omisión de esta comunicación hará pasible a su responsable de la sanción, que será una multa del orden de UN (1) salario mínimo de la categoría ingresante de la Administración Pública Municipal (Ord. 216/2022).

  1. I) Los establecimientos educativos para los vehículos que transportan personas con movilidad reducida, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 24 ter, inc. d) de la ley provincial Nº 10.592.-
  2. j) Centro de Atención Temprana del Desarrollo Infantil Nº 1 “Crecer en Libertad” en calle Olavarría, intersección con calle Bernardino Esperanza, sentido norte – sur, cordón oeste, de 7 mts., posteriores a los 5 mts. Reglamentarios de ochava. –
  3. k) Centro de enfermería “Servicio Integral de Enfermería Pujol” en calle San Martín, entre Avda. Bartolomé Mitre y Belgrano, sobre margen derecho, sentido Norte-Sur. –
  4. l) Avda. Bartolomé Mitre N° 76, cordón norte sentido oeste – este
  5. m) Calle Vieytes N° 354, cordón oeste, sentido norte – sur. –
  6. n) Ortopedia “Sanar” en calle 25 de Mayo N° 543, entre calles Olavarría y Lavalle, sobre margen derecho, sentido norte – sur. –

 

ARTICULO 2º.  El espacio a demarcar mencionado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, deberá estar debidamente demarcado, de acuerdo a la legislación vigente. –

 

ARTICULO 3º.  La exclusividad del estacionamiento autorizado en el marco de la presente regirá estrictamente en horario comercial. –

 

ARTICULO 4º.  Hágase conocer al peticionante sobre lo dispuesto en el Artículo 2º y 3°. –

 

ARTICULO 5º.  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese. –

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los treinta días del mes de Enero del año dos mil veintitrés. –

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 29 de Diciembre de 2022 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-

 

SALIDAS

 

El proyecto fue aprobado en general y en particular por la mayoria del Honorable Cuerpo por QUINCE (15) VOTOS por la AFIRMATIVA (Sres. Concejales Esteban Acevedo, Mario Julian Ainora, Valeria Alessandro, Fernando Blazevich, Virginia Bolasell, Alejandro Dezeta, Alicia Chulia, Santiago Esperanza, Damian Di Marco, Esteban Gimenez, Raúl Palazzesi, Viviana Monla, Carolina Sol Rodriguez y Claudia Vidal) y UN (1) VOTO por la negativa (Sr. Concejal Rodrigo Nider) en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de Enero de 2023.-

Se envió copia de estilo al Departamento Ejecutivo con fecha 02 de Febrero de 2023.-