. . .VISTO
El informe producido por los Sres. Concejales integrantes de la Comisión de Becas; y
. . .CONSIDERANDO
QUE es necesario la modificación de la Ordenanza Nº 150/1997 y sus modificatorias, dado la modificación del número de becarios titulares y becarios suplentes que se incorporan;
QUE este H.C.D. es quien debe dar la aprobación definitiva a la lista de solicitantes de becas para residir en la Casa de Estudios Municipal, sita en la ciudad de La Plata;
QUE la Ordenanza Nº 150/1997 y sus modificatorias, establece fehacientemente el procedimiento de adjudicación, renovación y/o desadjudicación de las becas;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – MODIFICASE el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 150/1997 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°: Apruébese la Nómina de ALUMNOS BECADOS, para el alojamiento en la Casa de Estudios Municipal ubicada en la Ciudad de La Plata durante el periodo lectivo 2023 en cumplimiento de lo conceptuado por la Ordenanza N° 150/1997 y sus modificatorias, según el siguiente detalle:
NOMBRE Y APELLIDO | D.N.I. |
Alarcon Julieta | 45.806.134 |
Barreto Elsener, Abril Alexia | 44.931.990 |
Basset Lara Camila | 43.041.145 |
Carrillo, Malena Milagros | 45.498.064 |
Celuro Maya Guadalupe | 44.933.330 |
De la Fuente Lieverse, Samuel | 43.884.395 |
Laplagne Camila | 43.459.292 |
Martinez, Valentín | 44.836.062 |
Martino Oriana | 43.041.133 |
Montenegro, Josefina Valeria | 44.322.374 |
Ons, Brisa Macarena | 44.933.350 |
Palacios Candela | 43.041.132 |
Pérez Suárez, Micael Alejandro | 43.686.617 |
Pereyra, Armando Antonio | 48.653.775 |
Rodríguez Daniela | 43.260.862 |
Veiga,Celeste Ayelén | 44.836.123 |
Vera, Sharon Melany | 45.498.048 |
De La Fuente Eliseo | 45.987.286 |
Ruiz Micaela | 46.283.607 |
Palacios Milagros | 46.235.970 |
Aliata Ursula | 40.054.269 |
Andrada Camila | 46.283.685 |
Maguicha María Selene | 46.141.045 |
Gibelli Valentina | 44.933.372 |
Elicery Renzo | 46.264.067 |
SUPLENTES | |
Pinal Fátima | 45.498.142 |
Flores Agustina | 45.036.252 |
Prado Olmos Camilo | 46.264.076 |
ARTICULO 2°– MODIFICASE el Artículo 7° de la Ordenanza N° 150/1997 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 7º – La cuota mensual que deberán pagar los becados y que podrá ser modificada anualmente, se fija en $1000 (PESOS MIL). El monto recaudado por las cuotas mencionadas en el párrafo precedente será ingresados en el rubro: 1290700 “RECUPERO DE GASTOS – CASA DE ESTUDIOS LA PLATA”, del Cálculo de Recursos Vigente, e imputados a la JURISDICCIÓN 111010100 – CONDUCCION SUPERIOR; CATEGORIA PROGRAMATICA 21.01.00 – COORDINACION GENERAL DE TAREAS CULTURALES; FUENTE DE FINANCIAMIENTO 131 – DE ORIGEN MUNICIPAL, DEL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTE.”
ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los treinta días del mes de Enero del año dos mil veintitrés. –
ENTRADAS
Ingresado como Correspondencia en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de Enero de 2023. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre tablas.-
SALIDAS
El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-
Se envió copia de estilo al Departamento Ejecutivo con fecha 02 de Febrero de 2023.-