. . .VISTO

Las actuaciones administrativas obrantes en el Expediente Nº 4099-38.409/2023 o Nº 120-E-2023; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE mediante dichas actuaciones se tramitó el  llamado a la Licitación Pública Nº 04/2023 que tiene por objeto la realización de la obra “Terminación de edifico: Escuela secundaria a construir Barrio “Industrial” 1° Etapa en la Ciudad de Salto;

QUE a fojas 310 el Director de Compras en su informe manifiesta que por la actualización del presupuesto de obra, “corresponde realizar el segundo llamado a Licitación Pública, Artículo 133° de la L.O.M.”;

QUE a fojas 340 obra el Decreto N° 1178/23 del Departamento Ejecutivo por el cual se declara desierta la Licitación Pública N° 4/23 y se autoriza a un segundo llamado a Licitación Pública N° 04/23 y se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones;

QUE llevada a cabo la mencionada Licitación el pasado 08 de Junio del corriente año, se registra solo un oferente, la Firma Salto MSF Constructora Vial y Civil S.R.L., cuya oferta asciende a la suma de  PESOS CIENTO SESENTA MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS DIECISEIS CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 160.047.916,81)

QUE a fojas 447 obra el informe del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires donde manifieste que “del análisis de la variación del monto, resulta admisible para su contratación y que el Municipio estaría en condiciones de continuar con el procedimiento administrativo de adjudicación”;

QUE  la Dirección de Educación Municipal, a fojas 447 corrobora lo manifestado por la Subsecretaría de Infraestructura Escolar perteneciente a la D.G.C. y E.;;

QUE habiéndose realizado el correspondiente análisis de cumplimiento de requisitos legales y al determinarse la existencia de un solo oferente, en los términos del Artículo 155º de la L.O.M. debe ser el Honorable Concejo Deliberante quien acepte o desestime la misma, de acuerdo a si es o no conveniente a los intereses municipales;

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a aceptar la única oferta presentada en la Licitación Pública Nº 04/2023, que tiene por objeto la realización de la obra “Terminación de edifico: Escuela secundaria a construir Barrio “Industrial” 1° Etapa en la Ciudad de Salto; en los términos del Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por resultar conveniente a los intereses municipales.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los veintiocho días del mes de Junio del año dos mil veintitrés.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Junio de 2023. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 30 de Junio de 2023.-