…VISTO              

                       El Expediente Nº 250-E-2023 iniciado por Mensaje Nº 206/2023 del Departamento Ejecutivo; y

 

…CONSIDERANDO

                        QUE por el mismo se solicita se autorice al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio entre la Municipalidad de Salto y la Cooperativa de Servicios Públicos de Arroyo Dulce Limitada obrante a fs. 13/16 del presente expediente;

QUE dicho convenio tiene por objeto la realización de la obra denominada “Recambio de Luminarias en el anillo comprendido entre las calles Isaac Blanco E/ Av. Independencia y Cuyo, Av. Rivadavia E/Av. Antártida y 25 de Mayo”, correspondiendo el radio mencionado a la planta urbana de la localidad de Arroyo Dulce;

QUE según lo establecido por el Artículo 132° Inciso c) del Decreto-Ley N° 6769/1958, el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra habilitado a adjudicar de forma directa obras de infraestructura cuyo ejecutante resulten ser cooperativas o asociaciones de vecinos;

QUE, sin perjuicio de los señalado, las partes a contratar han acordado que el Municipio abone a la Cooperativa por la realización de la obra la suma total de $ 5.682.976,75 (PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS), pagaderos en 18 cuotas mensuales de $ 315.720,93 (PESOS TRESCIENTOS QUINCE MIL SETENCIENTOS VEINTE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS);

 QUE de acuerdo a lo señalado por el Artículo 273° del Decreto-Ley N° 6769/1958 es facultad del Departamento Deliberativo autorizar la realización de planes de obras públicas que comprometan fondos provenientes de más de un ejercicio administrativo del Municipio;

                        QUE asimismo corresponde a este Honorable Cuerpo sancionar la herramienta legislativa que permita al Departamento Ejecutivo la suscripción del mencionado Convenio, en virtud del Artículo 41º del Decreto-Ley N° 6769/1958;

 

…POR ELLO:

                       El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a la suscripción del convenio obrante a fojas 13/16 del Expediente N° 4099-39093/23 o 250-E-2023, en un todo de acuerdo con las disposiciones establecidas en los Artículos 41° y 273° del Decreto-Ley N° 6769/1958, Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de Diciembre de 2023 y girado a las comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos, Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Extraordinaria de fecha 5 de Enero de 2024.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 8 de Enero de 2024.-